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Resolución de 3 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de noviembre de 2019, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

BOE-A-2019-18021Publicada: 17/12/2019MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 3 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Universidades, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 3 de diciembre de 2019 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de noviembre de 2019, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros adoptó un acuerdo en noviembre de 2019 para otorgar carácter oficial a ciertos títulos universitarios. Este acuerdo debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado según el Real Decreto 1393/2007. La Secretaría General de Universidades se encarga de su publicación como parte de la presente resolución. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 3 de diciembre de 2019, emitida por la Secretaría General de Universidades, tiene como objeto la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de noviembre de 2019, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Según el artículo 26 de dicho Real Decreto, los Acuerdos del Consejo de Ministros que establezcan el carácter oficial de los títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. Por ello, la Secretaría General de Universidades resuelve la publicación del acuerdo en cuestión como Anexo a la presente Resolución. El Acuerdo del Consejo de Ministros establece que ciertas universidades han elaborado planes de estudios que conducen a la obtención de diversos títulos de Grado. Estos planes han sido verificados positivamente por el Consejo de Universidades y autorizados para su implantación por las correspondientes Comunidades Autónomas, conforme al artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. El Acuerdo reconoce el carácter oficial de los títulos obtenidos tras la aprobación de estos planes, lo que permite su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Entre los títulos reconocidos se incluyen, por ejemplo, el Graduado o Graduada en Enología en la Universidad de Castilla-La Mancha, el Graduado o Graduada en Podología en la misma universidad, el Graduado o Graduada en Nutrición Humana y Dietética en la Universidad de La Laguna, y el Graduado o Graduada en Enfermería en la Universidad de Lleida y en la Universidad Ramón Llull. También se mencionan títulos en Ciencias Biomédicas, Psicología, Comunicación de las Organizaciones, Ingeniería en Energías Renovables y Eficiencia Energética, Biotecnología, Ingeniería Aeroespacial, Paisajismo, Bioingeniería y otras áreas similares, en distintas universidades de España. El Acuerdo no solo otorga carácter oficial a estos títulos, sino que también garantiza su reconocimiento legal y su inclusión en el Registro oficial, lo cual es fundamental para su validez y reconocimiento en el ámbito nacional e internacional. Este proceso refleja el cumplimiento de los requisitos establecidos en el marco normativo vigente, asegurando la calidad y la legalidad de las enseñanzas universitarias. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica un acuerdo que otorga carácter oficial a diversos títulos de Grado y los inscribe en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este proceso se realiza conforme a la normativa vigente, garantizando la legalidad y el reconocimiento de los títulos obtenidos. La publicación en el Boletín Oficial del Estado asegura su validez y transparencia. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de un acuerdo**: La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que otorga carácter oficial a diversos títulos de Grado. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: Se cumple con el Real Decreto 1393/2007, que exige la publicación en el Boletín Oficial del Estado. 📋 **Inscripción en el Registro**: Los títulos son inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, garantizando su validez legal. ℹ️ **Diversidad de títulos**: Se incluyen títulos en áreas como Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería y Arquitectura. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 3 de diciembre de 2019 - **Materias**: Educación, Universidades, Títulos Oficiales, Registro de Universidades - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, el carácter oficial de los títulos de Grado se establecía mediante Acuerdos del Consejo de Ministros, tal como preveía el Real Decreto 1393/2007. Esta normativa estatal, que a su vez se alinea con el marco general de las directivas de la Unión Europea sobre reconocimiento de cualificaciones, establecía un procedimiento de verificación por el Consejo de Universidades y autorización por las Comunidades Autónomas antes de la aprobación ministerial. La diferencia fundamental radica en que esta resolución concreta y publica la aprobación de títulos específicos, garantizando su reconocimiento oficial a nivel nacional. Para el ciudadano, esto significa que los títulos de Grado mencionados obtienen plena validez y equiparación, facilitando su acceso al mercado laboral o a estudios posteriores, tanto dentro como fuera de España, al estar inscritos en un registro oficial. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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