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Resolución de 3 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de noviembre de 2019, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

BOE-A-2019-18019Publicada: 17/12/2019MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 3 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Universidades, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 3 de diciembre de 2019 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de noviembre de 2019, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros adoptó un acuerdo en noviembre de 2019 para otorgar el carácter oficial a ciertos títulos de Máster. Esta Resolución, emitida por la Secretaría General de Universidades, cumple con el Real Decreto 1393/2007, que exige la publicación de estos acuerdos en el Boletín Oficial del Estado. La publicación se realiza como anexo a la presente Resolución. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 3 de diciembre de 2019 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de noviembre de 2019, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este Acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En concreto, el artículo 26 de dicho real decreto establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que otorgan el carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. Por ello, la Secretaría General de Universidades resuelve la publicación del Acuerdo en cuestión como anexo a esta Resolución. El Acuerdo mencionado en la Resolución establece que los títulos de Máster deben ser elaborados por las universidades, con sujeción a las normas y condiciones aplicables, y deben ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las Comunidades Autónomas, según lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Además, se menciona la disposición adicional sexta del Real Decreto 1393/2007, que establece que el reconocimiento a efectos civiles de los estudios universitarios debe cumplir con los requisitos establecidos en la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica de Universidades. En el anexo del Acuerdo se detallan los títulos de Máster que obtienen el carácter oficial, entre ellos el Máster Universitario en Evaluación e Investigación en Organizaciones y Contextos de Aprendizaje (MIEVINAP), el Máster Erasmus Mundus en Estudios del Sur de Europa (EUROSUD), el Máster Erasmus Mundus en Comunidades y Ciudades Inteligentes (SMACCs), el Máster Erasmus Mundus en Electrónica de Microondas y Óptica (EMIMEO), y el Máster Erasmus Mundus en Materiales para el Almacenamiento y Conversión de Energía (MESC+). Estos títulos son ofrecidos por universidades nacionales e internacionales, lo que refleja la colaboración entre instituciones educativas de diferentes países. La publicación de este Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado permite que estos títulos sean reconocidos oficialmente, lo que facilita su valoración en el ámbito académico y profesional. Además, esta medida contribuye a la transparencia y a la calidad de los estudios universitarios en España, al garantizar que los títulos oficiales cumplen con los estándares establecidos por la normativa vigente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica un Acuerdo que otorga carácter oficial a varios títulos de Máster y los inscribe en el Registro correspondiente. Este Acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007 y cumple con la obligación de publicación en el Boletín Oficial del Estado. La medida garantiza el reconocimiento oficial de estos títulos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del Acuerdo**: La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que otorga carácter oficial a diversos títulos de Máster. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: Se cumple con el Real Decreto 1393/2007, que exige la publicación en el Boletín Oficial del Estado. 📋 **Inscripción en el Registro**: Los títulos mencionados son inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. ℹ️ **Colaboración internacional**: Algunos títulos son ofrecidos por universidades de múltiples países, reflejando una cooperación internacional en la educación superior. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 3 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Universidades - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 3 de diciembre de 2019 - **Materias**: Educación superior, títulos universitarios, registro de títulos, ordenación de enseñanzas - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, incluyendo los másteres, se regía principalmente por el Real Decreto 1393/2007. Este marco estatal establecía que los planes de estudio eran elaborados por las universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las Comunidades Autónomas, un procedimiento similar al de otras CCAA y en línea con la normativa general de la Unión Europea en materia de educación superior. La diferencia clave aquí radica en que este Acuerdo del Consejo de Ministros, aprobado por el gobierno central, otorga el carácter oficial a títulos de máster específicos, facilitando su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Para el ciudadano, esto significa la garantía de que estos másteres tienen un reconocimiento oficial y equiparable a nivel nacional, lo cual es fundamental para el acceso a estudios posteriores, el ejercicio profesional y la movilidad laboral. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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