Orden CNU/1168/2019, de 26 de noviembre, por la que se crea la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden CNU/1168/2019, de 26 de noviembre, por la que se crea la Sede Electrónica ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial 1168/2019 crea la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, estableciendo su funcionamiento, obligaciones del titular y plazos de entrada en vigor. 2. **CONTEXTO** La norma se enmarca en el marco legal de la sede electrónica definida en la Ley 40/2015 y regulada por el Real Decreto 1671/2009. El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades fue creado en 2018, y esta orden establece su sede electrónica como parte de su organización. La sede electrónica debe cumplir con principios de transparencia, seguridad y accesibilidad. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial 1168/2019, de 26 de noviembre de 2019, crea la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, con el objetivo de facilitar el acceso electrónico a los servicios públicos. La norma se fundamenta en el artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que define la sede electrónica como una dirección electrónica gestionada por una Administración Pública o entidades públicas, con la finalidad de ofrecer servicios a los ciudadanos. Según este artículo, el titular de la sede electrónica asume la responsabilidad de la integridad, veracidad y actualización de la información y servicios disponibles. Además, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, desarrolla la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y establece en su artículo 3.2 que las sedes electrónicas deben crear mediante orden del Ministro correspondiente o resolución del titular del organismo público, publicándose en el «Boletín Oficial del Estado». Esta norma garantiza la certeza y seguridad en las relaciones entre los ciudadanos y la Administración. El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades fue creado mediante el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. En este contexto, la presente orden establece la creación de su sede electrónica, que deberá estar operativa en el plazo máximo de tres meses desde su entrada en vigor. La norma también incluye disposiciones transitorias y derogatorias. La Disposición transitoria segunda establece que, hasta que la Agencia Estatal de Investigación cree su propia sede electrónica, las actuaciones de dicha Agencia que requieran autenticación electrónica se regirán por esta orden. La Disposición derogatoria única deroga las normas de igual o inferior rango que se opongan a esta orden. En cuanto a las disposiciones finales, la Disposición final primera permite adaptar características de la sede electrónica mediante resolución de la Subsecretaría del Departamento, publicada en el «Boletín Oficial del Estado». La Disposición final segunda habilita a la persona titular de la Subsecretaría para adoptar disposiciones necesarias para el desarrollo de la orden. Finalmente, la Disposición final tercera establece que la orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma crea la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, estableciendo su funcionamiento, obligaciones y plazos. Se fundamenta en el marco legal de la sede electrónica y garantiza la transparencia y seguridad en el acceso a los servicios públicos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Sede Electrónica**: El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades establece su sede electrónica como parte de su organización. ⚠️ **Obligaciones del titular**: El titular de la sede debe garantizar la integridad, veracidad y actualización de la información y servicios. 📋 **Plazos y publicación**: La sede debe estar operativa en tres meses y la norma se publica en el «Boletín Oficial del Estado». ℹ️ **Derogación y adaptación**: Se derogan normas anteriores y se permite adaptar características de la sede mediante resolución. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 26 de noviembre de 2019 - **Materias**: Administración electrónica, servicios públicos, sede electrónica, transparencia, acceso electrónico - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden, la creación de sedes electrónicas para ministerios se regía por el Real Decreto 1671/2009, que establecía la necesidad de una orden ministerial para su establecimiento, garantizando así la seguridad jurídica del ciudadano. La Ley 40/2015 amplió el marco conceptual de las sedes electrónicas, definiéndolas como puntos de acceso electrónico de las Administraciones Públicas. Si bien la normativa estatal y las directivas europeas impulsan la digitalización de las administraciones, la creación de una sede electrónica específica para el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, aprobado por Orden Ministerial, formaliza su presencia digital. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que una sede electrónica debidamente creada y regulada ofrece garantías de integridad, veracidad y accesibilidad a la información y servicios, facilitando sus trámites y el ejercicio de sus derechos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────