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Resolución de 29 de julio de 2020, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de julio de 2020, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

BOE-A-2020-9822Publicada: 18/08/2020MINISTERIO DE UNIVERSIDADES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 29 de julio de 2020, de la Secretaría General de Universidades, po ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 29 de julio de 2020 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de julio de 2020, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. **2. CONTEXTO** El Consejo de Ministros aprobó un acuerdo en julio de 2020 para otorgar carácter oficial a ciertos títulos universitarios de Grado. Esta Resolución se emite con el objetivo de cumplir con la obligación legal de publicar dicho acuerdo en el Boletín Oficial del Estado. El Real Decreto 1393/2007 establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que otorgan carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en dicho órgano oficial. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 29 de julio de 2020 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de julio de 2020, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCC). Este acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En concreto, el artículo 26 de dicho real decreto establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que otorgan carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. El Acuerdo del Consejo de Ministros establece que los títulos de Grado mencionados en el acuerdo serán inscritos en el RUCC, lo cual conlleva su consideración inicial como títulos acreditados. Además, se establece que los títulos universitarios oficiales deben someterse al procedimiento de renovación de la acreditación previsto en el capítulo VI del Real Decreto 1393/2007. La expedición de los títulos se realizará en nombre del Rey por los rectores de las universidades correspondientes, conforme a la normativa vigente. El acuerdo también establece que el Ministro de Universidades adoptará las medidas necesarias para su aplicación. En el anexo del acuerdo se incluye una relación de universidades civiles y de la Iglesia Católica, junto con los títulos de Grado que adquieren carácter oficial. Por ejemplo, la Universidad Internacional de La Rioja otorga el título de Graduado o Graduada en Publicidad, mientras que la Universidad Ramón Llull ofrece el título de Graduado o Graduada en Gobernanza Global, Economía y Orden Legal. El Real Decreto 1393/2007 también establece que los planes de estudios deben ser elaborados por las universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las Comunidades Autónomas, según lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Este acuerdo refleja la aplicación de dichas normas, garantizando la calidad y el reconocimiento de los títulos universitarios en el sistema educativo español. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que otorga carácter oficial a ciertos títulos de Grado y los inscribe en el RUCC. Este acuerdo se basa en el Real Decreto 1393/2007 y cumple con la obligación legal de publicación en el Boletín Oficial del Estado. Los títulos mencionados son reconocidos como acreditados y deben someterse a un proceso de renovación periódica. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del Acuerdo**: La Resolución publica el acuerdo del Consejo de Ministros que otorga carácter oficial a ciertos títulos de Grado. ⚠️ **Cumplimiento legal**: El acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007, que exige su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 📋 **Inscripción en el RUCC**: Los títulos mencionados son inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, lo que los convierte en títulos acreditados. ℹ️ **Procedimiento de renovación**: Los títulos deben someterse a un proceso de renovación de la acreditación según el Real Decreto 1393/2007. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 29 de julio de 2020 - **Materias**: Educación superior, universidades, títulos oficiales - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Resolución, Acuerdo del Consejo de Ministros, títulos oficiales, Registro de Universidades, Centros y Títulos, Real Decreto 1393/2007, Boletín Oficial del Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Resolución, la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en España se regía principalmente por el Real Decreto 1393/2007, que establecía el procedimiento para la elaboración, verificación y autorización de los planes de estudio de Grado. Esta normativa estatal, a su vez, se alinea con el marco general de la educación superior en la Unión Europea, aunque cada Comunidad Autónoma tiene competencias en la autorización de la implantación de estos títulos. La diferencia clave aquí radica en que el Consejo de Ministros, a través de este Acuerdo, otorga el carácter oficial a títulos de Grado específicos, un paso que no se realiza de forma generalizada para todos los títulos, sino para aquellos que cumplen determinados requisitos y son presentados por las universidades. Para el ciudadano, esto significa que la obtención de un título oficial por parte de una universidad, especialmente en casos que puedan tener procedimientos especiales como los de universidades de la Iglesia Católica, garantiza su reconocimiento a nivel nacional y su equiparación con otros títulos oficiales, facilitando su acceso al mercado laboral o a estudios posteriores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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