Resolución de 10 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 7 de abril de 2021, conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y de la Secretaría General de Universidades, por la que se establecen las adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, en el curso 2020-2021.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 10 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución establece adaptaciones para la evaluación de Bachillerato en el curso 2020-2021, considerando las particularidades de centros españoles en el extranjero, programas educativos internacionales, alumnado de sistemas educativos extranjeros y enseñanzas a distancia. 2. **CONTEXTO** La norma surge como respuesta a la situación excepcional generada por la pandemia del COVID-19, que afectó la celebración de pruebas académicas. Se busca garantizar el acceso a la Universidad para estudiantes en situaciones especiales, manteniendo la equidad y la continuidad educativa. La Resolución se publica en el Boletín Oficial del Estado como anejo a una Resolución conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y la Secretaría General de Universidades. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 7 de abril de 2021, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 10 de abril de 2021, establece medidas específicas para adaptar la evaluación de Bachillerato en el curso 2020-2021, con especial atención a las circunstancias de los centros españoles en el exterior, los programas educativos internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia. Esta norma se fundamenta en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, que establece en su artículo 36 bis la realización de una evaluación individualizada al finalizar la etapa de Bachillerato. El Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, determina que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá las condiciones para la celebración de estas pruebas. La Resolución establece que las pruebas se realizarán en los centros de examen de la UNED o en lugares acordados por el órgano competente de esta Universidad. Asimismo, la UNED podrá organizar la prueba en países donde exista una Consejería de Educación o una Oficina con funciones delegadas en la Embajada de España. En la Disposición adicional única, se establece la adaptación del procedimiento de realización de las pruebas a las condiciones sanitarias generadas por la pandemia del COVID-19. Los órganos responsables de la celebración de las pruebas velarán por la normalización de su celebración, independientemente de las medidas excepcionales vigentes en los lugares donde se realicen. La Disposición final única establece que la presente Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. En el anexo, se detallan los centros docentes españoles en el exterior y los programas educativos en el exterior, así como las modalidades y materias que versarán las pruebas de Bachillerato. Se incluyen los bloques de asignaturas troncales generales y de opción según la modalidad, como Historia de España, Lengua Castellana y Literatura II, Primera Lengua Extranjera II, Matemáticas II, Latín II, Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II, Biología, Dibujo técnico II, Física, Química, Economía de la Empresa, Geografía, Historia del Arte y Historia de la Filosofía. Esta norma busca garantizar la equidad en el acceso a la Universidad, adaptándose a las circunstancias excepcionales del curso 2020-2021, y se enmarca en el marco legal vigente sobre evaluación de Bachillerato y acceso a la Universidad. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece medidas específicas para adaptar la evaluación de Bachillerato en el curso 2020-2021, considerando las particularidades de los estudiantes en el extranjero y las condiciones sanitarias generadas por la pandemia. Se garantiza la continuidad educativa y el acceso a la Universidad. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptaciones para centros españoles en el exterior y programas educativos internacionales** ⚠️ **Consideración de las condiciones sanitarias generadas por la pandemia** 📋 **Organización de pruebas en centros de examen de la UNED o en lugares acordados** ℹ️ **Detallado listado de materias y modalidades para las pruebas de Bachillerato** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 10 de abril de 2021 - **Materias**: Educación, Evaluación de Bachillerato, Acceso a la Universidad, Pandemia, Sanidad - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta resolución de 2021 establece adaptaciones específicas para la evaluación de Bachillerato destinada al acceso universitario, enfocándose en situaciones particulares como centros españoles en el exterior, programas educativos internacionales o alumnado con sistemas educativos extranjeros y enseñanzas a distancia. Anteriormente, la normativa estatal, como la Ley Orgánica de Educación y sus desarrollos reglamentarios (RD 310/2016), ya contemplaba la evaluación de Bachillerato, pero esta resolución concreta las adaptaciones para colectivos que no se ajustan al modelo estándar. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que gestionan sus propias pruebas de acceso, esta normativa es de ámbito nacional y aborda la particularidad de los centros y programas españoles fuera del territorio peninsular. La diferencia es crucial para estos estudiantes, ya que les permite acceder a la universidad española en condiciones de equidad, reconociendo las realidades diversas de su formación. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────