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Resolución de 9 de junio de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de junio de 2021, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

BOE-A-2021-10088Publicada: 17/06/2021MINISTERIO DE UNIVERSIDADES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 9 de junio de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 9 de junio de 2021 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de junio de 2021, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros aprobó un acuerdo para otorgar carácter oficial a ciertos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Esta medida se realiza en cumplimiento del Real Decreto 1393/2007, que establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. La Secretaría General de Universidades publica este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado como parte de su cumplimiento legal. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 9 de junio de 2021 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de junio de 2021, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Este acuerdo se fundamenta en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que otorga al Gobierno la competencia para establecer las directrices y condiciones para la obtención de títulos universitarios oficiales y con validez nacional. Asimismo, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que otorgan carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. El Acuerdo establece que los títulos de Máster incluidos en el anexo tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, lo que les otorga efectos académicos plenos y habilita para la realización de actividades profesionales reguladas. Además, se establece que los planes de estudios de estos títulos deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado, y que los títulos serán inscritos en el RUCT, lo que les otorga consideración inicial como títulos acreditados. Los títulos deberán someterse a un procedimiento de renovación de acreditación según el capítulo VI del Real Decreto 1393/2007, para mantener su validez. La expedición de los títulos corresponderá al Ministerio de Defensa, con mención expresa del acuerdo. Por último, la Ministra de Defensa y el Ministro de Universidades adoptarán las medidas necesarias para la aplicación del acuerdo dentro de sus competencias. El anexo del acuerdo incluye la relación de títulos oficiales de Máster, pertenecientes a la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura, en instituciones como la Escuela Politécnica Superior del Ejército y la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Armas Navales. Estos títulos incluyen, entre otros, el Máster en Ingeniería de Armamento y Material, el Máster en Ingeniería de Construcción y Electricidad, y el Máster en Ingeniería de Armas Navales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica un acuerdo que otorga carácter oficial a varios títulos de Máster y los inscribe en el RUCT. Estos títulos tienen validez nacional y efectos académicos plenos. Su expedición corresponde al Ministerio de Defensa, y su renovación está sujeta a los procedimientos establecidos en el Real Decreto 1393/2007. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del acuerdo**: El acuerdo se publica en el Boletín Oficial del Estado como anexo a la Resolución de 9 de junio de 2021. ⚠️ **Validez nacional**: Los títulos tienen validez en todo el territorio nacional y efectos académicos plenos. 📋 **Inscripción en el RUCT**: Los títulos se inscriben en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, lo que les otorga consideración de títulos acreditados. ℹ️ **Expedición por el Ministerio de Defensa**: Los títulos se expedirán por este ministerio, con mención expresa del acuerdo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 9 de junio de 2021 - **Materias**: Educación superior, títulos universitarios, Registro de Universidades, Centros y Títulos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, el carácter oficial de los títulos de Máster se establecía mediante Acuerdos del Consejo de Ministros, en cumplimiento del Real Decreto 1393/2007, que a su vez desarrollaba la Ley Orgánica de Universidades. Este proceso implicaba la verificación por el Consejo de Universidades y la autorización previa de la Comunidad Autónoma correspondiente para la implantación del plan de estudios. La normativa estatal y las directivas europeas en materia de educación superior establecen el marco general para la homologación de títulos. La diferencia principal radica en que esta resolución específica publica un Acuerdo del Consejo de Ministros que confiere carácter oficial a determinados másteres, un paso que, aunque sigue el procedimiento general, se presenta como una publicación concreta de dicho acuerdo. Para el ciudadano, esto significa la garantía de que los títulos de Máster que se inscriben en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) tienen validez oficial en todo el territorio nacional, facilitando su reconocimiento académico y profesional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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