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Resolución de 6 de octubre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de octubre de 2021, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

BOE-A-2021-17170Publicada: 22/10/2021MINISTERIO DE UNIVERSIDADES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 6 de octubre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 6 de octubre de 2021 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de octubre de 2021, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros aprobó un acuerdo para otorgar carácter oficial a ciertos títulos de Máster. Esta resolución se emite en cumplimiento del Real Decreto 1393/2007, que establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros sobre títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. La Secretaría General de Universidades se encarga de su publicación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 6 de octubre de 2021 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de octubre de 2021, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo se basa en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En concreto, el artículo 26 de dicho real decreto establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que otorguen carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. Por ello, la Secretaría General de Universidades, en cumplimiento de este precepto, resuelve la publicación del acuerdo mencionado como anexo a la presente resolución. El Acuerdo del Consejo de Ministros se fundamenta en el artículo 3.3 del Real Decreto 1393/2007, que establece que las enseñanzas universitarias se concretarán en planes de estudios elaborados por las universidades, siempre que estén sujetos a las normas y condiciones aplicables. Estos planes deben ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las Comunidades Autónomas, según el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. El acuerdo reconoce el carácter oficial de diversos títulos de Máster, entre los que se incluyen: - Máster universitario Erasmus Mundus en Medio Ambiente y Recursos Marinos (MER) - Máster universitario en Gerontología - Máster universitario en Retos Globales para la Sostenibilidad - Máster universitario en Sistemas Aéreos no Tripulados - Máster universitario Erasmus Mundus en Energías Renovables en Medio Marino (REM PLUS) - Máster universitario Erasmus Mundus en Sostenibilidad e Industria 4.0 Aplicada al Sector Marítimo Estos títulos son ofrecidos por universidades españolas y extranjeras, como la Universidad del País Vasco, la Universidad de A Coruña, la Universidad de Santiago de Compostela, la Universidad de Barcelona, y otras instituciones en Francia, Bélgica, Alemania, Hungría, Irlanda, Noruega, Croacia e Italia. La publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado permite que estos títulos figuren en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, lo que garantiza su reconocimiento legal y su validez en el ámbito nacional e internacional. Esta medida refleja el compromiso del Estado con la calidad y el reconocimiento de los estudios superiores, especialmente en el ámbito de los másters, que son una formación de especialización relevante en el mercado laboral y en la investigación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que otorga carácter oficial a diversos títulos de Máster. Se cumple con el Real Decreto 1393/2007, que exige la publicación en el Boletín Oficial del Estado. Estos títulos son ofrecidos por universidades españolas y extranjeras, y su inscripción en el Registro garantiza su validez legal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros**: Se publica el acuerdo que otorga carácter oficial a diversos títulos de Máster. ⚠️ **Cumplimiento legal**: Se cumple con el Real Decreto 1393/2007, que exige la publicación en el Boletín Oficial del Estado. 📋 **Inscripción en el Registro**: Los títulos son inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. ℹ️ **Universidades participantes**: Incluyen instituciones españolas y extranjeras, como universidades francesas, belgas, alemanas, húngaras, irlandesas, noruegas, croatas e italianas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 6 de octubre de 2021 - **Materias**: Educación superior, universidades, títulos oficiales, másters - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, el carácter oficial de los títulos de Máster se establecía mediante acuerdos del Consejo de Ministros, cuya publicación en el Boletín Oficial del Estado era un requisito legal derivado del Real Decreto 1393/2007. Esta normativa estatal, que a su vez se alinea con directivas europeas sobre el reconocimiento de cualificaciones, establece el marco general para la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. La diferencia clave aquí radica en que esta resolución concreta y publica la oficialidad de *determinados* títulos de Máster, tras haber sido verificados por el Consejo de Universidades y autorizados para su implantación por las Comunidades Autónomas correspondientes. La aprobación recae en el Consejo de Ministros, y la falta de esta publicación implicaría que dichos títulos no tendrían validez oficial ni reconocimiento académico pleno en todo el territorio nacional, afectando directamente al ciudadano en su acceso a estudios posteriores o al ejercicio profesional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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