Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2021, por el que se determina el nivel de correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Superior de Música en todas sus especialidades.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 23 de diciembre de 2021 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2021, que establece el nivel de correspondencia del Título Superior de Música con el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) y el Marco Europeo de Cualificaciones (MEC). 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros adopta un acuerdo para definir el nivel académico del Título Superior de Música, que pertenece a las Enseñanzas Artísticas Superiores. Este acuerdo se publica mediante una resolución de la Secretaría General de Universidades. La norma establece que el título se corresponde con el nivel 3 (Máster) del MECES y con el nivel 7 del MEC. La publicación se realiza en el Boletín Oficial del Estado y en la sede electrónica del Ministerio de Universidades. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 23 de diciembre de 2021 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2021, que establece el nivel de correspondencia del Título Superior de Música en todas sus especialidades con el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) y el Marco Europeo de Cualificaciones (MEC). Según el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, el Título Superior de Música se corresponde con el nivel 3 (Máster) del MECES, que a su vez equivale al nivel 7 del MEC, tal como se establece en el artículo 4 del Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio. El acuerdo establece que el Título Superior de Música, regulado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, y el Real Decreto 617/1995, de 21 de abril, se considera equivalente al título de Licenciado Universitario. La publicación del acuerdo se realiza en el Boletín Oficial del Estado y en la sede electrónica del Ministerio de Universidades, conforme a lo dispuesto en los artículos 24.4 y 26 del Real Decreto 967/2014. Una vez publicado el acuerdo, la Subdirección General de Títulos y Ordenación, Seguimiento y Gestión de las Enseñanzas Universitarias, de la Secretaría General de Universidades, inscribirá la resolución de reconocimiento de correspondencia en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, según el artículo 24.5 del Real Decreto 967/2014. El acuerdo establece que la aplicación de este acuerdo no tendrá incidencia presupuestaria alguna. Asimismo, se establecen los plazos para interponer recursos contra el acuerdo: un mes para el recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó, y dos meses para el recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo. El acuerdo se adopta en el marco de la regulación de los títulos oficiales de educación superior, con el objetivo de garantizar la homologación y la equivalencia de los estudios en el sistema educativo español. La norma refleja la necesidad de estandarizar los niveles de formación en el ámbito de las Enseñanzas Artísticas Superiores, facilitando su reconocimiento a nivel nacional y europeo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica un acuerdo que establece el nivel académico del Título Superior de Música. Este título se corresponde con el nivel 3 del MECES y con el nivel 7 del MEC. La norma establece plazos para recursos y procedimientos de publicación y registro. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nivel académico del título**: El Título Superior de Música se corresponde con el nivel 3 (Máster) del MECES y con el nivel 7 del MEC. ⚠️ **Plazos de recursos**: Se permite interponer recurso potestativo de reposición en un mes y recurso contencioso administrativo en dos meses. 📋 **Publicación y registro**: El acuerdo se publica en el Boletín Oficial del Estado y se inscribe en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. ℹ️ **No tiene incidencia presupuestaria**: La aplicación del acuerdo no afecta al presupuesto público. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 23 de diciembre de 2021 - **Materias**: Educación superior, titulaciones universitarias, homologación, equivalencia, Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), Marco Europeo de Cualificaciones (MEC) - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, los títulos superiores de Música, pertenecientes a las Enseñanzas Artísticas Superiores, no contaban con una correspondencia explícita y oficializada a un nivel concreto del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES). Si bien se equiparaban a efectos prácticos al título de Licenciado Universitario, esta resolución formaliza su nivel dentro del MECES, equiparándolo al Nivel 2 (Grado). Esto difiere de otras Comunidades Autónomas que ya habían avanzado en la equiparación de sus títulos artísticos superiores, y se alinea con la normativa estatal y las directivas europeas que promueven la transparencia y comparabilidad de las cualificaciones. La aprobación recae en el Consejo de Ministros, y su importancia para el ciudadano radica en la claridad sobre el nivel académico y profesional de su formación, facilitando la movilidad laboral y académica tanto a nivel nacional como internacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────