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Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2021, por el que se determina el nivel de correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título de Diseño en todas sus especialidades.

BOE-A-2022-7Publicada: 01/01/2022MINISTERIO DE UNIVERSIDADES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 23 de diciembre de 2021 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2021, que establece el nivel de correspondencia del Título de Diseño en todas sus especialidades con el nivel 2 (Grado) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros adoptó un acuerdo para determinar el nivel académico del Título de Diseño en todas sus especialidades. Este acuerdo se publica mediante una resolución de la Secretaría General de Universidades. La norma establece que el título corresponde al nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, equivalente al nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 23 de diciembre de 2021, publicada en el Boletín Oficial del Estado, se fundamenta en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, que establece los requisitos para la homologación y declaración de equivalencia de titulaciones universitarias. Según el artículo 24.4 de dicho Real Decreto, la Secretaría General de Universidades debe publicar el acuerdo del Consejo de Ministros en el Boletín Oficial del Estado y en la sede electrónica del Ministerio de Universidades. El Acuerdo del Consejo de Ministros determina que el Título de Diseño, perteneciente a las Enseñanzas Artísticas Superiores y regulado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, y el Real Decreto 1496/1999, de 24 de septiembre, corresponde al nivel 2 (Grado) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. Este nivel se corresponde con el nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones, según el artículo 4 del Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio. Además, el acuerdo establece que la Subdirección General de Títulos y Ordenación, Seguimiento y Gestión de las Enseñanzas Universitarias, de la Secretaría General de Universidades, inscribirá la resolución de reconocimiento de correspondencia en el Registro de Universidades, Centros y Títulos una vez se publique el acuerdo en el Boletín Oficial del Estado. El artículo 24.5 del Real Decreto 967/2014 establece que la inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos es obligatoria una vez se publique el acuerdo. Por otro lado, el artículo 24.4 y 26 del mismo Real Decreto determinan que la Secretaría General de Universidades debe cursar la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en la Sede Electrónica del Ministerio de Universidades. El acuerdo también establece que, contra el acuerdo del Consejo de Ministros, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en un plazo de un mes desde su publicación, o recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en un plazo de dos meses. Finalmente, el acuerdo establece que la aplicación de este acuerdo no tendrá incidencia presupuestaria alguna, y que el Ministro de Universidades adoptará las medidas necesarias para su aplicación en el ámbito de sus competencias. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica el acuerdo que establece el nivel académico del Título de Diseño. Este título corresponde al nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones. La norma establece procedimientos de publicación, inscripción y recursos legales. No tiene impacto presupuestario. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nivel académico del título**: El Título de Diseño corresponde al nivel 2 (Grado) del Marco Español de Cualificaciones. ⚠️ **Procedimiento de publicación**: El acuerdo se publica en el Boletín Oficial del Estado y en la sede electrónica del Ministerio de Universidades. 📋 **Inscripción en el Registro**: La resolución se inscribe en el Registro de Universidades, Centros y Títulos una vez publicada. ℹ️ **Recursos legales**: Se pueden interponer recursos de reposición o contencioso administrativo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 23 de diciembre de 2021 - **Materias**: Educación superior, titulaciones universitarias, Marco Español de Cualificaciones - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, los títulos de Diseño en todas sus especialidades, pertenecientes a las Enseñanzas Artísticas Superiores, no tenían una correspondencia explícita y unificada con el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) ni con el Marco Europeo de Cualificaciones (EQF). Si bien existían normativas estatales como el Real Decreto 967/2014 que establecían procedimientos para determinar la correspondencia de títulos universitarios oficiales, la equiparación de las Enseñanzas Artísticas Superiores a un nivel concreto del MECES requería una determinación específica. Esta resolución, aprobada por el Consejo de Ministros, equipara dichos títulos al nivel 2 del MECES, equivalente a Diplomado Universitario, lo que importa al ciudadano al clarificar el reconocimiento académico y profesional de su formación, facilitando la movilidad nacional e internacional y el acceso a estudios posteriores o al mercado laboral. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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