Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre, por el que se modifican los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, aprobados por el Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre.

BOE-A-2021-19905Publicada: 02/12/2021MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre, por el que se modifican los Estatutos ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 968/2021 modifica los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), aprobados en 2011, introduciendo cambios en el régimen jurídico de sus órganos y en la aplicación de normas de igualdad. 2. **CONTEXTO** La UNED, como universidad pública con régimen específico, está regulada por la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades (LOU), que establece su autonomía universitaria. Su régimen jurídico se complementa con sus propios Estatutos, aprobados por Real Decreto 1239/2011. Este Real Decreto 968/2021 modifica dichos Estatutos para adaptarlos a nuevas normativas y garantizar la aplicación del lenguaje inclusivo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre de 2021, modifica los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), aprobados por el Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre. La modificación se centra en dos aspectos principales: la regulación del régimen jurídico de los órganos de la UNED y la incorporación del lenguaje inclusivo en las denominaciones de cargos y funciones. En primer lugar, el Real Decreto modifica el artículo 247 de los Estatutos, estableciendo que los órganos de la UNED estarán sujetos al régimen previsto en los Estatutos, en sus reglamentos y demás normativa de desarrollo, así como en las restantes normas generales aplicables, incluyendo la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Además, se establece que las resoluciones del Rector y los acuerdos del Consejo Social, del Consejo de Gobierno y del Claustro Universitario agotan la vía administrativa y serán impugnables directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015. En segundo lugar, se añade una disposición adicional sexta que introduce el uso de lenguaje inclusivo en todas las denominaciones que aparecen en el Real Decreto, referidas a cargos, titulares o miembros de órganos o colectivos de personas. Esta disposición se fundamenta en el artículo 14.11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, que exige el uso de términos inclusivos en la normativa pública. Además, el Real Decreto incluye una disposición adicional única que establece que las medidas incluidas en la norma no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal. Por último, se establece una disposición final única que fija la entrada en vigor del Real Decreto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 968/2021 modifica los Estatutos de la UNED para adaptar su régimen jurídico a normativas vigentes y promover el lenguaje inclusivo. No se prevé incremento de gastos de personal. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de los Estatutos de la UNED**: Se actualizan normas sobre el régimen jurídico de sus órganos. ⚠️ **Agotamiento de la vía administrativa**: Las resoluciones del Rector y los acuerdos de órganos universitarios son impugnables directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa. 📋 **Lenguaje inclusivo**: Se exige el uso de términos inclusivos en todas las denominaciones de cargos y funciones. ℹ️ **No incremento de gastos**: Las medidas no podrán suponer aumento de dotaciones ni retribuciones de personal. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 968/2021 - **Tipo**: Modificación de Estatutos - **Fecha**: 8 de noviembre de 2021 - **Materias**: Educación, Universidad, Estatutos, Lenguaje inclusivo, Procedimiento administrativo - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, los Estatutos de la UNED, aprobados en 2011, establecían un procedimiento de reforma que requería iniciativa del Consejo de Gobierno o Claustro, deliberación y aprobación por mayoría absoluta del Claustro, y posterior elevación a la Administración competente para su aprobación y publicación. Esta regulación se enmarcaba en la Ley Orgánica de Universidades (LOU), que otorga a las Cortes Generales y al Gobierno competencias sobre universidades de ámbito estatal como la UNED, a diferencia de otras Comunidades Autónomas que tienen sus propias leyes y procedimientos para sus universidades. La aprobación final recaía en el Gobierno, a través de un Real Decreto, garantizando así un control estatal. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que asegura que las modificaciones estatutarias, que afectan a aspectos como el régimen de profesores eméritos o la adaptación a nueva legislación, se realicen bajo un marco jurídico nacional unificado y con la debida aprobación gubernamental, proporcionando seguridad jurídica y coherencia en el sistema universitario público español. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →