Orden EFP/279/2022, de 4 de abril, por la que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden EFP/279/2022, de 4 de abril, por la que se regulan la evaluación y la prom ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden EFP/279/2022 establece el marco para la evaluación, promoción y titulación en Educación Primaria, ESO, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en aplicación del Real Decreto 984/2021. **2. CONTEXTO** La Ley Orgánica 3/2020 modifica la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, introduciendo cambios en la evaluación y promoción de las etapas educativas. Estas modificaciones se aplicaron en el curso 2021-2022, con una gradualización en su total implantación. El Real Decreto 984/2021 regula los aspectos básicos de evaluación y promoción. La presente orden detalla el marco de aplicación en el ámbito del Ministerio de Educación y Formación Profesional. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden EFP/279/2022 regula la evaluación, promoción y titulación en las distintas etapas educativas bajo el marco establecido por el Real Decreto 984/2021. Se establecen criterios para la evaluación del alumnado, la toma de decisiones sobre promoción y obtención de títulos, y se detallan los procedimientos a seguir en cada nivel educativo. En el ámbito de la Educación Primaria, se establecen los criterios de evaluación, promoción y, en su caso, titulación, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 984/2021. Para la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional, se detallan los requisitos para la promoción, la obtención de títulos y las medidas de apoyo al alumnado con dificultades. La Orden también establece que el Ministerio de Educación y Formación Profesional debe garantizar el cumplimiento de los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Además, se habilita a la persona titular de la Secretaría General de Formación Profesional para dictar disposiciones complementarias necesarias para la aplicación de esta orden en relación con las enseñanzas de Formación Profesional. La Orden incluye diversos anexos que detallan instrumentos específicos para la evaluación y promoción, como el informe de final de ciclo, el informe de final de etapa, el consejo orientador al finalizar el segundo y cuarto curso de ESO, la propuesta de incorporación a programas de diversificación curricular y al Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento, así como el consejo orientador para la incorporación a ciclos formativos de Grado Básico y el certificado de escolarización de ESO. Estos anexos son instrumentos que deben ser utilizados por las instituciones educativas para facilitar la toma de decisiones en materia de promoción y titulación, y para garantizar una evaluación continua y personalizada del alumnado. La Orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y se aplica en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden EFP/279/2022 establece el marco normativo para la evaluación, promoción y titulación en distintas etapas educativas. Se aplica en el ámbito del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en cumplimiento del Real Decreto 984/2021. Incluye diversos anexos que detallan instrumentos específicos para la evaluación del alumnado. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de evaluación y promoción**: Establece criterios para la evaluación, promoción y titulación en distintas etapas educativas. ⚠️ **Aplicación gradual**: Las modificaciones se aplican progresivamente, con una entrada en vigor en el año 2022. 📋 **Anexos específicos**: Incluye instrumentos como informes de final de ciclo, consejos orientadores y certificados de escolarización. ℹ️ **Cumplimiento normativo**: Se ajusta a los principios de buena regulación y a la normativa vigente. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 4 de abril de 2022 - **Materias**: Educación, Evaluación, Promoción, Titulación, Formación Profesional - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden Ministerial, la normativa educativa española, tras la reforma de la Ley Orgánica 3/2020, ya había introducido cambios sustanciales en la evaluación y promoción a través del Real Decreto 984/2021. Esta Orden EFP/279/2022, aprobada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, desarrolla dicho Real Decreto para su ámbito de gestión, detallando cómo se aplicarán estas nuevas reglas en centros dependientes del Ministerio, a diferencia de las Comunidades Autónomas que tienen competencias transferidas y desarrollan sus propias normativas. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que determina los criterios concretos de evaluación, promoción y titulación que se aplicarán a los estudiantes en estas enseñanzas, afectando directamente a su trayectoria académica y a la obtención de títulos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────