Orden MinisterialNacionalvigente

Orden EFP/1274/2022, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden EFP/1418/2018, de 27 de diciembre, por la que se crea la Junta de Contratación y se constituye la Mesa de Contratación del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

BOE-A-2022-21802Publicada: 23/12/2022MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden EFP/1274/2022, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden EFP/141 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden EFP/1274/2022 modifica el artículo 3.2.f) de la Orden EFP/1418/2018 para clarificar la exclusión de ciertos contratos del ámbito de actuación de la Junta de Contratación del Ministerio de Educación y Formación Profesional. 2. **CONTEXTO** La Orden EFP/1418/2018, modificada por la Orden EFP/38/2021, establece la creación y funcionamiento de la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Esta nueva orden busca mejorar la redacción del artículo 3.2.f) para aclarar que la exclusión de ciertos contratos se refiere específicamente a aquellos tramitados mediante el procedimiento del artículo 159.6 de la Ley de Contratos del Sector Público, conocido como «supersimplificado», y no a los que simplemente cumplen los requisitos formales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden EFP/1274/2022, publicada el 16 de diciembre de 2022, modifica exclusivamente el artículo 3.2.f) de la Orden EFP/1418/2018, que establece el ámbito de actuación de la Junta de Contratación del Ministerio de Educación y Formación Profesional. La modificación busca clarificar que los contratos excluidos del ámbito de la Junta son aquellos que se adjudican por procedimiento abierto simplificado, siempre que se tramiten siguiendo el procedimiento del artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, denominado «supersimplificado». Esta redacción busca evitar ambigüedades y garantizar que la exclusión se refiera únicamente a los contratos que efectivamente se tramiten bajo ese procedimiento, y no a aquellos que solo cumplen los requisitos formales. La modificación se realiza en cumplimiento de los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La norma cumple con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica y transparencia, ya que busca aclarar una regulación existente sin introducir nuevos cargas administrativas. Además, la norma se sometió a informe de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, de conformidad con el artículo 328.3.c) de la Ley 9/2017, y fue informada por la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada en el Departamento. La disposición se regula en la forma de orden ministerial, conforme al artículo 22.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El texto modificado del artículo 3.2.f) establece que: «f) Los contratos que se adjudiquen por procedimiento abierto simplificado, cuando se tramiten siguiendo el procedimiento dispuesto en el artículo 159.6 de la Ley de Contratos del Sector Público.» Esta redacción busca evitar interpretaciones erróneas y garantizar que la exclusión se refiera únicamente a los contratos que se tramiten bajo el procedimiento del artículo 159.6, lo cual es fundamental para el correcto funcionamiento de la Junta de Contratación. La norma no introduce cambios sustanciales en la regulación existente, sino que busca una mayor claridad y precisión en la redacción, lo cual es clave para la aplicación uniforme de la normativa en el ámbito del Ministerio de Educación y Formación Profesional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden EFP/1274/2022 modifica el artículo 3.2.f) de la Orden EFP/1418/2018 para aclarar la exclusión de ciertos contratos del ámbito de la Junta de Contratación. La modificación busca evitar ambigüedades y garantizar una aplicación uniforme de la normativa. La norma cumple con los principios de buena regulación y no introduce nuevas cargas administrativas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Clarificación de la exclusión de contratos**: Se especifica que los contratos excluidos son aquellos que se tramitan bajo el procedimiento del artículo 159.6 de la Ley 9/2017, no solo los que cumplen requisitos formales. ⚠️ **No se modifica la regulación, solo se mejora su redacción**: La norma busca una mayor claridad sin alterar el marco legal existente. 📋 **Cumple con principios de buena regulación**: La norma se ajusta a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica y transparencia. ℹ️ **Procedimiento de tramitación**: La norma fue informada por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado y la Abogacía del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Modificación normativa - **Fecha**: 16 de diciembre de 2022 - **Materias**: Contratación pública, Junta de Contratación, Ministerio de Educación y Formación Profesional - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Junta de Contratación, procedimiento abierto simplificado, artículo 159.6, Ley 9/2017, Orden EFP/1418/2018, Orden EFP/1274/2022 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden EFP/1274/2022 modifica la Orden EFP/1418/2018, que regulaba la Junta y la Mesa de Contratación del Ministerio de Educación y Formación Profesional, sustituyendo a normativas previas menos específicas. Esta modificación se alinea con la Ley de Contratos del Sector Público estatal (Ley 9/2017), que establece el marco general para la contratación pública, y no introduce cambios sustanciales respecto a directivas de la UE ni a normativas de otras Comunidades Autónomas, sino que clarifica la aplicación de exclusiones para ciertos contratos. La orden ha sido aprobada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, con informes favorables de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada, y la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública. Para el ciudadano, esta clarificación es importante porque garantiza una mayor seguridad jurídica y transparencia en los procedimientos de contratación pública del Ministerio, asegurando que las exclusiones se apliquen de forma inequívoca y conforme a la ley. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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