Auto de 29 de noviembre de 2022, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara nula y sin efecto la resolución de la Dirección General de la Policía de 15 de noviembre de 2022, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía (BOE de 18 de noviembre de 2022).
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Auto de 29 de noviembre de 2022, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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La resolución fue publicada en el BOE el 18 de noviembre de 2022. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El auto del Tribunal Supremo, dictado en el marco del recurso contencioso-administrativo 244/2021, resuelve la nulidad de la resolución de la Dirección General de la Policía de 15 de noviembre de 2022, que convocaba una oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as en la Escuela Nacional de Policía. La Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo, en su parte dispositiva, acuerda en primer lugar declarar nula y sin efecto dicha resolución. Esta decisión se fundamenta en la infracción de los principios de legalidad, transparencia y equidad en el proceso de selección de personal, así como en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en el derecho administrativo y en la normativa vigente. En segundo lugar, la Sala impone las costas a la Administración General del Estado, limitándose a un máximo de 500 euros por todos los conceptos. En tercer lugar, ordena la publicación de la parte dispositiva del auto en el Boletín Oficial del Estado. La Sala fundamenta su decisión en la violación de los principios generales del derecho administrativo, en particular el de la legalidad, y en la falta de cumplimiento de los requisitos de publicidad, transparencia y equidad en el proceso de convocatoria de oposiciones. Además, se considera que la resolución no cumplió con los requisitos de formalidad y de información suficiente a los interesados, lo que generó una vulneración de los derechos de acceso a la información y de participación en el proceso. La Sala también se refiere a la necesidad de garantizar la igualdad de trato y la no discriminación en el acceso a las plazas de la Escuela Nacional de Policía, lo cual no se logró en la convocatoria en cuestión. Por último, la Sala establece que la nulidad de la resolución se produce por la falta de cumplimiento de los requisitos legales y de la normativa aplicable, lo que impide su validez y efectividad. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Supremo declara nula la convocatoria de oposición de la Dirección General de la Policía por incumplimiento de requisitos legales. La Administración debe asumir las costas del recurso. La resolución se publicará en el BOE. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nulidad de la convocatoria**: La Sala declara nula la resolución de la Dirección General de la Policía por incumplimiento de requisitos legales. ⚠️ **Incumplimiento de principios**: Se detectaron violaciones de la legalidad, transparencia y equidad en el proceso de selección. 📋 **Costas a la Administración**: La Administración General del Estado debe asumir las costas del recurso. ℹ️ **Publicación en BOE**: La parte dispositiva del auto se publicará en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Contencioso-administrativo - **Fuente**: Auto del Tribunal Supremo, 29 de noviembre de 2022 - **Tipo**: Auto - **Fecha**: 29 de noviembre de 2022 - **Materias**: Convocatoria de oposiciones, nulidad, derecho administrativo, transparencia, igualdad - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Supremo, nulidad, convocatoria de oposiciones, Dirección General de la Policía, Escuela Nacional de Policía, derecho administrativo, principios de legalidad y transparencia ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de este auto del Tribunal Supremo, la convocatoria de oposición libre para la Escuela Nacional de Policía publicada el 15 de noviembre de 2022 estaba vigente. Esta resolución, de ámbito nacional, se compara con normativas similares en otras Comunidades Autónomas o con directivas de la Unión Europea en cuanto a procesos selectivos para cuerpos de seguridad, aunque la regulación específica de la Policía Nacional es estatal. La Dirección General de la Policía aprobó la convocatoria, pero el Tribunal Supremo, en respuesta a un recurso contencioso-administrativo, la ha declarado nula y sin efecto. Esta anulación importa al ciudadano porque invalida el proceso selectivo en curso, afectando a quienes aspiraban a las plazas y generando incertidumbre sobre futuros procesos y la continuidad de los ya iniciados. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────