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Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 8 de febrero de 2023, conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y la Secretaría General de Universidades, por la que se establecen las adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, en el curso 2022-2023.

BOE-A-2023-3846Publicada: 14/02/2023Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 13 de febrero de 2023 establece las adaptaciones para la evaluación de Bachillerato en el curso 2022-2023, considerando las necesidades de centros españoles en el exterior, programas educativos internacionales, alumnado de sistemas educativos extranjeros y enseñanzas a distancia. 2. **CONTEXTO** La norma surge como respuesta a la situación excepcional generada por las medidas sanitarias durante el curso 2022-2023. La Ley Orgánica 2/2006 de Educación y el Real Decreto 310/2016 regulan la evaluación final del Bachillerato, pero no contemplaban previamente las situaciones de emergencia sanitaria. La Resolución conjunta de las Secretarías de Estado de Educación y de Universidades busca adaptar el proceso de evaluación a estas circunstancias. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 8 de febrero de 2023, publicada el 13 de febrero de 2023, establece medidas específicas para garantizar la realización de las pruebas de Bachillerato en el curso 2022-2023, considerando las particularidades de los centros españoles en el exterior, los programas educativos internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia. La norma se basa en la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, que establece en su artículo 36 bis la realización de una evaluación individualizada al finalizar la etapa de Bachillerato. El Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, regula las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, y establece que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte determinará las características, el diseño y el contenido de las pruebas de la evaluación final del Bachillerato. La Resolución establece que las pruebas de Bachillerato se celebrarán en las fechas previstas, con independencia de las medidas excepcionales que pudieran estar implantadas en los lugares de celebración. Sin embargo, si en un país se aplican medidas sanitarias excepcionales que impidan la realización presencial de las pruebas en las condiciones habituales dentro del plazo previsto, los órganos responsables podrán establecer un procedimiento virtual y fiable para su realización. En caso de que no se establezca un procedimiento virtual, se garantizará la realización presencial de las pruebas en condiciones de seguridad conforme a la normativa vigente, pudiendo modificarse las condiciones habituales de presencialidad. La norma también establece que la Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Además, se incluyen en el anexo las modalidades y materias sobre las que versarán las pruebas de Bachillerato, así como los bloques de asignaturas troncales generales y de opción según modalidad. Estas materias incluyen, entre otras, Historia de España, Lengua Castellana y Literatura II, Matemáticas II, y asignaturas específicas según la modalidad elegida (Ciencias, Humanidades y Ciencias Sociales). La norma busca garantizar que todos los estudiantes, independientemente de su ubicación geográfica o sistema educativo, puedan acceder a la Universidad mediante la evaluación del Bachillerato, adaptándose a las circunstancias excepcionales del curso 2022-2023. La regulación se fundamenta en el derecho a la educación y a la igualdad de oportunidades, garantizando que no se produzca una discriminación en el acceso a la Universidad por motivos relacionados con la ubicación geográfica o las condiciones excepcionales de celebración de las pruebas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece medidas de adaptación para la evaluación de Bachillerato en el curso 2022-2023, considerando las circunstancias excepcionales generadas por las medidas sanitarias. Permite la celebración de pruebas presenciales o virtuales, garantizando el acceso a la Universidad para todos los estudiantes. La norma se fundamenta en la Ley Orgánica 2/2006 y el Real Decreto 310/2016. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación de la evaluación de Bachillerato**: Se establecen medidas para garantizar la celebración de las pruebas en condiciones de seguridad y accesibilidad. ⚠️ **Medidas sanitarias excepcionales**: Si se aplican en un país, se permite la realización virtual de las pruebas o su celebración presencial con condiciones adaptadas. 📋 **Modalidades y materias**: Se detallan las asignaturas que componen las pruebas de Bachillerato, según la modalidad elegida. ℹ️ **Efectos de la resolución**: La norma entra en vigor desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 13 de febrero de 2023 - **Materias**: Educación, Evaluación de Bachillerato, Acceso a la Universidad, Medidas excepcionales, Pruebas de acceso - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad (EBAU) se regía por normativas que, si bien contemplaban la necesidad de adaptar las pruebas, no detallaban de forma tan específica las particularidades de los centros españoles en el exterior, programas internacionales o alumnado con sistemas educativos extranjeros. A diferencia de las normativas estatales que establecen el marco general, esta resolución concreta las adaptaciones para colectivos específicos, algo que no siempre se aborda con la misma profundidad en otras Comunidades Autónomas, que suelen centrarse en su territorio. La aprobación recae en las Secretarías de Estado de Educación y General de Universidades, mientras que la aplicación efectiva depende de la voluntad de los centros y del alumnado afectado. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que garantiza una mayor equidad y accesibilidad al sistema universitario, permitiendo que estudiantes con trayectorias educativas diversas puedan demostrar sus competencias de manera justa y adaptada a su contexto. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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