Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden EFP/170/2023, de 21 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo de grado superior correspondiente al título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano.

BOE-A-2023-6284Publicada: 10/03/2023MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden EFP/170/2023, de 21 de febrero, por la que se ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial corrige errores en la Orden EFP/170/2023, de 21 de febrero, que establecía el currículo del ciclo de grado superior de Técnico Deportivo Superior en Balonmano. 2. **CONTEXTO** La Orden EFP/170/2023, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 25 de febrero de 2023, establecía el currículo del ciclo de grado superior de Técnico Deportivo Superior en Balonmano. Se detectaron errores en la distribución horaria de algunos módulos. Para corregirlos, se publica una Orden Ministerial de corrección de errores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial corrige errores en la Orden EFP/170/2023, de 21 de febrero, que establecía el currículo del ciclo de grado superior correspondiente al título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano. Estos errores afectan la distribución horaria de dos módulos específicos. En concreto, en la página 28631, anexo II, tabla denominada «Distribución horaria», en la primera columna, fila 17, donde se mencionaba «MED-MOAM308 Proyecto final.», se corrige para que indique «MED-BMBM 308 Proyecto final.». De igual manera, en la fila 18, donde se mencionaba «MED-MOAM309 Formación práctica.», se corrige para que indique «MED-BMBM 309 Formación práctica.». Estas correcciones son relevantes para garantizar la precisión de los códigos de los módulos formativos y su correcta identificación en el currículo del ciclo. La corrección se efectúa en el marco de la normativa vigente sobre la formación profesional, que exige la exactitud en la redacción de los documentos oficiales. La Orden Ministerial se fundamenta en la necesidad de corregir errores tipográficos o de codificación que pueden afectar la correcta aplicación del currículo por parte de las instituciones educativas. No se modifican los contenidos ni la estructura general del currículo, solo se corrigen errores específicos en la identificación de los módulos. La corrección se realiza mediante la publicación de una Orden Ministerial, que tiene la misma validez legal que la norma original, pero con la precisión necesaria para su correcta aplicación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial corrige errores en la Orden EFP/170/2023, de 21 de febrero, que establecía el currículo del ciclo de grado superior de Técnico Deportivo Superior en Balonmano. Las correcciones afectan la identificación de dos módulos en la distribución horaria. La norma se publica para garantizar la precisión de los códigos de los módulos formativos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrigen errores en la identificación de dos módulos del currículo. ⚠️ **Impacto limitado**: Las correcciones no afectan el contenido ni la estructura general del currículo. 📋 **Publicación en BOE**: La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado como corrección de errores. ℹ️ **Relevancia normativa**: Es una norma de corrección de errores, no una norma de nueva creación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 21 de febrero de 2023 (original), publicación de la corrección no especificada - **Materias**: Formación Profesional, Educación, Deportes - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Corrección de errores, currículo, Técnico Deportivo Superior, Balonmano, formación profesional, BOE ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial, publicada el 10 de marzo de 2023, no establece una nueva normativa sino que corrige errores materiales en la Orden EFP/170/2023, de 21 de febrero, que fijaba el currículo del Técnico Deportivo Superior en Balonmano. La normativa original, de ámbito estatal, se alinea con el marco educativo nacional y las directivas europeas en materia de cualificaciones profesionales, aunque su aplicación concreta y el desarrollo curricular pueden variar entre Comunidades Autónomas. La corrección de estos errores, que afectan a códigos de asignaturas en la distribución horaria, es relevante para el ciudadano porque asegura la correcta identificación y acreditación de las materias cursadas, evitando posibles confusiones o problemas en el reconocimiento académico y profesional del título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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