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Resolución de 28 de noviembre de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte.

BOE-A-2023-25234Publicada: 12/12/2023Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 28 de noviembre de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 28 de noviembre de 2023 aprueba la nueva lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte, actualizada según los compromisos internacionales de España, especialmente la Convención Antidopaje de la UNESCO. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se basa en la Ley Orgánica 11/2021, que establece que la Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos debe ser aprobada por el Consejo Superior de Deportes. Además, se alinea con la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte de la UNESCO, que ha modificado su anexo I. La anterior lista, aprobada en 2022, queda derogada, y se mantiene la vigencia de los anexos II y III. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 28 de noviembre de 2023, publicada en el Boletín Oficial del Estado, aprueba la nueva Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos en el deporte, que se ajusta a los compromisos internacionales de España, especialmente la Convención Antidopaje de la UNESCO. Esta lista sustituye a la aprobada en 2022 y se aplicará a todos los controles de dopaje en competiciones oficiales estatales y a deportistas con licencia en dichas competiciones. La derogación de la anterior lista no afecta a los anexos II y III, que siguen vigentes. En el ámbito de las sustancias prohibidas, se incluyen todos los glucocorticoides cuando se administren por vía inyectable, oral (incluida la vía oromucosa, como bucal, gingival, sublingual) o rectal. Se detallan varias sustancias, entre ellas acetónido de triamcinolona, beclometasona, betametasona, budesonida, ciclesonida, cortisona, deflazacort, dexametasona, flunisolida, fluocortolona, fluticasona, hidrocortisona, metilprednisolona, mometasona, prednisolona y prednisona. No se prohíben las vías de administración inhalada o tópica si se siguen las dosis autorizadas y las indicaciones terapéuticas del fabricante. En cuanto a los betabloqueantes, se prohíben en ciertos deportes durante la competición y, en algunos casos, también fuera de ella. Estos deportes incluyen actividades subacuáticas (CMAS), automovilismo (FIA), billar (WCBS), dardos (WDF), esquí y snowboard (FIS), golf (IGF), minigolf (WMF), tiro con arco (WA) y tiro olímpico (ISSF, IPC). Se mencionan varias sustancias, como acebutolol, alprenolol, atenolol, betaxolol, bisoprolol, bunolol, carteolol, carvedilol, celiprolol, esmolol, labetalol, metipranolol, metoprolol, nadolol, nebivolol, oxprenolol, pindolol, propranolol, sotalol y timolol. Esta resolución se fundamenta en el artículo 34 de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte, que establece el procedimiento para la modificación de la lista de sustancias prohibidas. Además, se alinea con los compromisos internacionales asumidos por España, lo que refleja el compromiso del Estado con la lucha contra el dopaje en el deporte. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución actualiza la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte, alineándose con los compromisos internacionales. La anterior lista queda derogada, pero se mantienen vigentes los anexos II y III. Se prohíben ciertas sustancias y métodos en deportes específicos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de la lista de sustancias prohibidas**: Se actualiza según la Convención Antidopaje de la UNESCO. ⚠️ **Derogación de la lista anterior**: La resolución de 2022 queda derogada, salvo los anexos II y III. 📋 **Aplicación a competiciones oficiales**: Se aplica a todos los controles de dopaje en competiciones estatales y a deportistas con licencia. ℹ️ **Prohibición específica de glucocorticoides y betabloqueantes**: Se prohíben en ciertas vías y deportes. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 28 de noviembre de 2023 - **Materias**: Dopaje, Deportes, Sustancias prohibidas - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La presente Resolución del Consejo Superior de Deportes actualiza la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte, sustituyendo a la aprobada en noviembre de 2022. Esta actualización se realiza para adecuar la normativa nacional a los compromisos internacionales de España, concretamente a la lista aprobada por la Conferencia de las Partes de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte de la UNESCO, que es el estándar global en esta materia. Si bien otras Comunidades Autónomas no tienen competencias directas en la aprobación de esta lista, la normativa estatal y las directivas de la UE marcan el marco general. La aprobación recae en la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, alineándose con el marco internacional, y su importancia para el ciudadano radica en garantizar la equidad y la salud en el deporte, estableciendo las reglas claras que afectan a los deportistas en competiciones oficiales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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