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Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 17 de octubre de 2023, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor o Doctora y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

BOE-A-2023-22130Publicada: 30/10/2023MINISTERIO DE UNIVERSIDADES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Secretaría General de Universidades, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 19 de octubre de 2023 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de octubre de 2023, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor o Doctora y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros aprobó un acuerdo que otorga carácter oficial a ciertos títulos de doctorado y los inscribe en el Registro correspondiente. Esta resolución se emite en cumplimiento del Real Decreto 822/2021, que establece la obligación de publicar estos acuerdos en el Boletín Oficial del Estado. La Secretaría General de Universidades se encarga de su publicación formal. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 19 de octubre de 2023 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de octubre de 2023, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor o Doctora y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, que regula la organización de las enseñanzas universitarias y el procedimiento de aseguramiento de su calidad. En concreto, el artículo 27 de dicho Real Decreto establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que otorguen carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. El Acuerdo del Consejo de Ministros, a su vez, se basa en el artículo 5.3 del mismo Real Decreto 822/2021, que determina que los planes de estudios de las enseñanzas universitarias oficiales deben ser elaborados por las universidades, aprobados por sus órganos de gobierno y formar parte de la memoria que presenten para su verificación. Estos planes deben ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por las Comunidades Autónomas, según el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. El Acuerdo establece que los títulos de doctorado serán expedidos en nombre del Rey por la Rectora o el Rector de la universidad correspondiente, con expresa mención del acuerdo. Además, el Ministro de Universidades, en el ámbito de sus competencias, adoptará las medidas necesarias para la aplicación del acuerdo. El acuerdo incluye una relación de programas de doctorado de universidades civiles y programas organizados conjuntamente por distintas universidades. Entre las universidades mencionadas se encuentran la Universidad de Alicante, la Universidad de Burgos, la Universidad de Málaga, la Universidad de Salamanca, la Universidad de Vigo, la Universidad Loyola Andalucía y la Universitat Internacional Valenciana. También se incluyen programas conjuntos, como el Programa de Doctorado en Intervención Psicológica en los Ámbitos de la Salud y Sociocomunitario, y el Programa de Doctorado en Salud Global: Determinantes e Interacción de la Salud Humana, Animal y Ambiental. Este acuerdo tiene una importancia relevante en el ámbito universitario, ya que establece la legitimidad y reconocimiento oficial de estos títulos, lo que facilita su valoración y reconocimiento en el ámbito nacional e internacional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica un acuerdo que otorga carácter oficial a títulos de doctorado y los inscribe en el Registro correspondiente. Se basa en normativa vigente y establece procedimientos para la expedición y aplicación de los títulos. Este acuerdo tiene relevancia en el ámbito universitario. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de acuerdo**: La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que otorga carácter oficial a títulos de doctorado. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: Se cumple con el Real Decreto 822/2021 y la Ley Orgánica 2/2023. 📋 **Listado de programas**: Se incluyen programas de doctorado de universidades civiles y conjuntas. ℹ️ **Procedimiento de expedición**: Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por la universidad correspondiente. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 19 de octubre de 2023 - **Materias**: Educación superior, títulos universitarios, doctorado, registro de títulos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, el carácter oficial de los títulos de doctorado se establecía mediante un proceso que implicaba la elaboración de planes de estudio por las universidades, su verificación por el Consejo de Universidades y la autorización de implantación por las Comunidades Autónomas, todo ello en el marco del Real Decreto 822/2021 y la Ley Orgánica del Sistema Universitario. Esta normativa estatal es común a todas las Comunidades Autónomas, aunque la autorización final recae en estas últimas. La diferencia principal aquí radica en que el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Universidades, es quien formalmente declara el carácter oficial de títulos específicos tras haber superado los trámites previos de verificación y autorización. Para el ciudadano, esto significa que la oficialidad de su título de doctor, que le otorga plenos efectos académicos y profesionales, depende de un procedimiento administrativo culminado por el Gobierno central, garantizando así una uniformidad y reconocimiento a nivel nacional, en línea con las directivas europeas sobre reconocimiento de cualificaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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