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Resolución de 29 de agosto de 2024, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de agosto de 2024, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

BOE-A-2024-17872Publicada: 05/09/2024MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 29 de agosto de 2024, de la Secretaría General de Universidades, p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo en su reunión del 27 de agosto de 2024. Este acuerdo establece el carácter oficial de ciertos títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. La Resolución de la Secretaría General de Universidades publica este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado, cumpliendo con la obligación legal establecida en el Real Decreto 822/2021. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 29 de agosto de 2024, publicada por la Secretaría General de Universidades, tiene por objeto la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de agosto de 2024, que establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, que establece la organización de las enseñanzas universitarias y el procedimiento de aseguramiento de su calidad. Según el artículo 27 del Real Decreto 822/2021, los Acuerdos del Consejo de Ministros que establezcan el carácter oficial de los títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado. Por ello, la Secretaría General de Universidades resuelve la publicación del citado Acuerdo como anexo a la presente resolución. El Acuerdo establece que los planes de estudios de las enseñanzas universitarias oficiales deben ser elaborados por las universidades, aprobados por sus órganos de gobierno y formar parte de la memoria que presenten para su verificación. Estos planes deben ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las Comunidades Autónomas, conforme al artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Además, el Acuerdo establece que los títulos universitarios oficiales objeto del acuerdo deberán someterse al procedimiento de renovación de su acreditación previsto en el Real Decreto 822/2021. Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por la Rectora o el Rector de la universidad correspondiente, con expresa mención del presente acuerdo. Por último, la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades adoptará las medidas necesarias para la aplicación del acuerdo. El Acuerdo también incluye una relación de universidades civiles y de la Iglesia Católica, junto con los títulos de Grado que se reconocen como oficiales. Por ejemplo, la Universidad de Huelva otorga el título de Graduado o Graduada en Medicina, mientras que la Universidad de Sevilla otorga el título de Graduado o Graduada en Lenguas Modernas, Literaturas y Culturas. La Universidad Europea del Atlántico otorga el título de Graduado o Graduada en Traducción y Enseñanza de Lenguas, y la Universidad Politécnica de Cartagena otorga el título de Graduado o Graduada en Tecnología y Operaciones Militares Aeroespaciales. En cuanto a las universidades de la Iglesia Católica, la Universidad de Deusto otorga el título de Graduado o Graduada en Ingeniería Matemática, la Universidad de Navarra otorga el título de Graduado o Graduada en Ingeniería en Inteligencia Artificial, y la Universidad Pontificia de Salamanca otorga el título de Graduado o Graduada en Nutrición Humana y Dietética. Este Acuerdo refleja la regulación del sistema universitario español, garantizando la calidad y el reconocimiento oficial de los títulos universitarios, así como su inscripción en el Registro correspondiente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 822/2021 y cumple con la obligación legal de publicación en el Boletín Oficial del Estado. El acuerdo establece normas sobre la verificación, acreditación y expedición de los títulos universitarios oficiales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del Acuerdo**: La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado. ⚠️ **Cumplimiento legal**: El acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 822/2021 y cumple con la obligación de publicación en el Boletín Oficial del Estado. 📋 **Regulación del sistema universitario**: El acuerdo establece normas sobre la verificación, acreditación y expedición de los títulos universitarios oficiales. ℹ️ **Listado de títulos oficiales**: Se incluye una relación de títulos oficiales de Grado otorgados por universidades civiles y de la Iglesia Católica. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 29 de agosto de 2024 - **Materias**: Educación, Universidades, Títulos oficiales, Registro de Universidades - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, el carácter oficial de los títulos de Grado se establecía mediante Acuerdos del Consejo de Ministros, cuya publicación en el Boletín Oficial del Estado estaba regulada por el Real Decreto 822/2021. Esta normativa estatal, que a su vez se alinea con directivas europeas sobre el reconocimiento de cualificaciones, establece el marco general para la creación y verificación de títulos universitarios. La aprobación de estos planes de estudio implica un proceso de verificación por el Consejo de Universidades y la autorización de implantación por las Comunidades Autónomas, salvo en el caso de universidades de la Iglesia Católica con procedimientos especiales. La diferencia radica en que esta resolución concreta la oficialidad de títulos específicos, lo cual es crucial para el ciudadano porque garantiza la validez y el reconocimiento académico y profesional de su formación a nivel nacional e internacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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