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Real Decreto 1091/2024, de 22 de octubre, por el que se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Medio en Floristería y arte floral y se fijan los aspectos básicos del currículo.

BOE-A-2024-21707Publicada: 23/10/2024MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1091/2024, de 22 de octubre, por el que se establece el Curso de es ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1091/2024 establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Medio en Floristería y arte floral, fijando los aspectos básicos del currículo. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto se enmarca en el marco legal de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que establece las bases para la creación de cursos de especialización en formación profesional. El objetivo es ofrecer una formación modular y adaptada a los distintos campos profesionales, con un enfoque teórico-práctico. Además, se considera que los cursos de especialización son programas secuenciales de los títulos de referencia que les dan acceso. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1091/2024, de 22 de octubre, crea el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Medio en Floristería y arte floral, estableciendo su currículo básico. Este curso se enmarca en el marco legal de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que establece que los cursos de especialización deben ser modulares, de duración variable y deben integrar contenidos teórico-prácticos adecuados a los diversos campos profesionales (art. 39.3). Además, el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, debe establecer las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional y los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas (art. 39.6). El Real Decreto también establece que los cursos de especialización pueden complementar o profundizar en las competencias de quienes ya dispongan de un título de formación profesional o cumplan las condiciones de acceso que para cada uno se determine (art. 42.2). En cuanto a la clasificación, se considera que estos cursos son programas secuenciales de los títulos de referencia que les dan acceso, según la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE-11). En materia de currículo, la Ley Orgánica 2/2006, en sus artículos 6.3 y 6.4, establece que el Gobierno fijará los objetivos, competencias, contenidos, resultados de aprendizaje y criterios de evaluación del currículo básico. Las enseñanzas mínimas requerirán el 50 por ciento de los horarios para las comunidades autónomas que tengan lengua cooficial y el 60 por ciento para aquellas que no la tengan. Además, el artículo 6.5 de la misma ley establece que las administraciones educativas podrán, si así lo consideran, exceptuar los cursos de especialización de las enseñanzas de Formación Profesional de los porcentajes requeridos en enseñanzas mínimas, pudiendo establecer su oferta con una duración a partir del número de horas previsto en el currículo básico de cada uno de ellos. El Real Decreto 1091/2024 también incluye el currículo básico del curso de especialización en Floristería y arte floral, que consta de módulos como "Composiciones con flores" (art. 5140), "Composiciones con plantas naturales" (art. 5141), "Composiciones para eventos sociales y conmemorativos" (art. 5142), "Ornamentación de grandes espacios con flores y plantas" (art. 5143), entre otros. Estos módulos están relacionados con "Operaciones y Equipos de Producción Agraria" y están destinados a profesionales como "Catedráticos de Enseñanza Secundaria", "Profesores de Enseñanza Secundaria" y "Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional", según lo establecido en el capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1091/2024 crea un curso de especialización en Floristería y arte floral, fijando su currículo básico. Este curso se enmarca en la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, que establece las bases para su creación y desarrollo. El currículo incluye módulos específicos y está dirigido a profesionales del ámbito educativo y técnico. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del curso de especialización**: Se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Medio en Floristería y arte floral. ⚠️ **Marco legal**: Se basa en la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, que establece las bases para la creación de cursos de especialización. 📋 **Currículo básico**: Incluye módulos como "Composiciones con flores", "Composiciones con plantas naturales", entre otros. ℹ️ **Destinatarios**: Dirigido a profesionales como Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1091/2024 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 22 de octubre de 2024 - **Materias**: Formación Profesional, Educación, Cursos de especialización - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto establece un curso de especialización en Floristería y arte floral, una figura que complementa la formación profesional existente, permitiendo a los técnicos profundizar sus competencias. Anteriormente, la oferta formativa en este ámbito podía variar significativamente entre comunidades autónomas o depender de iniciativas privadas, sin una estructura nacional unificada para este nivel de especialización. La normativa estatal, a través de la Ley Orgánica de Educación y la Ley de Ordenación e Integración de la Formación Profesional, sienta las bases para la creación de estos cursos, definiendo su carácter modular y la fijación de currículos básicos por parte del Gobierno, previa consulta a las comunidades. La diferencia principal radica en la estandarización nacional de esta especialización, que antes no existía de forma explícita y regulada a este nivel, y que ahora el Gobierno aprueba, garantizando un estándar de calidad y acceso para los ciudadanos interesados en esta rama profesional, independientemente de su comunidad de residencia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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