Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 300/2026, de 8 de abril, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Diseño y construcción artesanal de instrumentos musicales de cuerda, se fijan los aspectos básicos del currículo y las ofertas de grados C, B y A incluidos en este título.

BOE-A-2026-8022Publicada: 10/04/2026MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES

¿Qué dice esta ley?

**Qué es** España crea oficialmente una nueva carrera profesional de dos años para formar especialistas en fabricar instrumentos musicales de cuerda de forma artesanal. Es decir, les enseñarán técnicas tradicionales y modernas para construir guitarra, violín, laúd y similares. **A quién afecta** Principalmente a estudiantes que terminen Bachillerato o ciclos formativos previos, y que quieran trabajar como artesanos luthieres (constructores de instrumentos). También impacta en centros de formación que ofrecerán estos estudios y en empresas pequeñas o talleres de luthier que busquen personal cualificado. **Qué cambia** Hasta ahora no existía una titulación oficial en España para esta profesión. Ahora los estudiantes recibirán un diploma reconocido que acredita sus competencias en diseño, carpintería especializada, acústica, acabados y restauración de instrumentos de cuerda. La norma fija también tres niveles de intensidad (grados C, B y A) para adaptarse a diferentes perfiles de alumnos. **Cuándo entra en vigor** A partir del curso 2026-2027 podrán ofertarse estos estudios en institutos y centros autorizados. La normativa se aprobó el 8 de abril de 2026.

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto se enmarca en la evolución de la Formación Profesional, impulsada por la Ley Orgánica de Educación y la más reciente Ley de ordenación e integración de la FP. Anteriormente, la regulación de títulos y currículos básicos recaía en el Gobierno, con consulta a las comunidades autónomas, quienes gestionaban una parte del currículo según su lengua cooficial. La nueva normativa estatal, aprobada por el Gobierno central, introduce una estructura de cinco grados (A, B, C, D y E) y tres niveles de competencia, buscando una mayor articulación y progresión formativa, y fomentando la igualdad de oportunidades. La diferencia principal para el ciudadano radica en la mayor claridad y estandarización de los itinerarios formativos y el reconocimiento de competencias, facilitando la movilidad y el acceso al mercado laboral en todo el territorio nacional, independientemente de la comunidad autónoma. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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