Real DecretoNacionalvigente

Orden FOM/22/2015, de 19 de enero, por la que se modifica el anexo III del Real Decreto 1434/2010, de 5 de noviembre, sobre interoperabilidad del sistema ferroviario de la Red Ferroviaria de interés general.

BOE-A-2015-466Publicada: 21/01/2015MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden del Ministerio de Fomento del 19 de enero de 2015 que modifica las reglas sobre cómo deben funcionar los ferrocarriles españoles para que sean compatibles entre sí. Su propósito es incorporar una norma europea que establece límites de ruido para los trenes nuevos y reparados, evitando que cada país tenga reglas diferentes que dificulten el funcionamiento del sistema ferroviario. **¿A quién afecta?** Afecta a quienes diseñan, construyen y operan sistemas ferroviarios en España, y también a las personas que viven o trabajan cerca de las vías de tren y a los conductores de trenes, ya que la norma establece límites de ruido que deben respetarse tanto en el exterior como dentro de la cabina del conductor. **¿Qué cambia o establece?** Modifica la norma anterior para establecer claramente que el sistema ferroviario no puede producir un ruido inadmisible en dos lugares específicos: en las zonas próximas a las infraestructuras ferroviarias y dentro de la cabina del conductor. La orden entró en vigor el día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

💬 Contexto ciudadano

La Orden FOM/22/2015 actualiza el Real Decreto 1434/2010, que ya regulaba la interoperabilidad ferroviaria, incorporando explícitamente los límites de ruido de la Directiva 2008/57/CE. Esta armonización es obligatoria para todos los Estados miembros de la UE, incluida España, y garantiza que los trenes nuevos y reparados cumplan umbrales uniformes tanto en zonas residenciales como en cabinas de conducción. Aunque todas las comunidades autónomas españolas aplican la misma normativa estatal, esta orden resulta esencial para ciudadanos residentes cerca de infraestructuras ferroviarias, cuyos derechos de calidad de vida quedan protegidos mediante límites de ruido vinculantes, y facilita además la circulación transfronteriza de material ferroviario sin costosas adaptaciones por jurisdicción.

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