Orden MinisterialNacionalvigente

Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.

BOE-A-2021-2527Publicada: 18/02/2021Ministerio de Hacienda

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial, la reestructuración de departamentos ministeriales mediante el Real Decreto 2/2020 y la posterior fijación de la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda (RD 139/2020 y RD 689/2020) sentaron las bases para la delegación de competencias. Esta norma se compara con el marco estatal general de la Ley 40/2015, que permite estas delegaciones, y no tiene un paralelo directo en normativas autonómicas específicas, ya que se trata de una cuestión de gestión interna ministerial. La Orden es aprobada por el titular del Ministerio de Hacienda, delegando competencias en Secretarías de Estado y otros órganos, mientras que la competencia última para fijar límites o para ciertas gestiones presupuestarias de mayor envergadura permanece en el titular del Departamento. Esta distinción es relevante para el ciudadano porque determina qué órgano tiene la autoridad para aprobar y gestionar subvenciones y ayudas, así como para la ejecución presupuestaria, afectando directamente a la agilidad y a quién debe dirigirse para solicitar o tramitar dichas cuestiones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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