Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo».

BOE-A-2025-7039Publicada: 08/04/2025MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

¿Qué dice esta ley?

**Lo que es** Se corrigen errores de tipeo y redacción del documento que crea la AECID, la agencia oficial española que gestiona la cooperación con países en desarrollo. Cambios menores técnicos: palabras mal escritas, referencias incorrectas, ajustes en la estructura interna del texto normativo. **A quién afecta** Principalmente a la AECID y su funcionamiento interno. También a las organizaciones no gubernamentales, universidades y empresas que trabajan con proyectos de desarrollo internacional financiados por España, pues el estatuto define cómo opera la agencia que los supervisa. **Qué cambia** Nada en el fondo: los poderes, funciones y estructura de la AECID siguen siendo los mismos. Solo se limpia el documento oficial para que no haya confusiones a la hora de interpretarlo. Por ejemplo, si había una referencia cruzada mal numerada o una palabra que cambiaba el sentido, se corrige. **Cuándo entra en vigor** Los cambios entran en vigor cuando se publica esta corrección. Como es corrección de errores previos, actúa retroactivamente sobre el Real Decreto del 10 de diciembre de 2024.

💬 Contexto ciudadano

La AECID fue reorganizada mediante el RD 1246/2024 para adaptarla al nuevo marco de la Ley 1/2023 de Cooperación para el Desarrollo Sostenible, que reformó profundamente el sistema español de cooperación internacional. El nuevo estatuto modificó la estructura orgánica, los órganos de gobierno y las funciones de la agencia, incorporando mandatos relacionados con la acción climática, la igualdad de género y la coherencia de políticas. Las correcciones de errores en estatutos de nueva creación son habituales y técnicamente inevitables dada la complejidad de los textos: referencias incorrectas a artículos de la ley orgánica que los habilita, denominaciones de órganos que no coinciden exactamente con los establecidos por la ley, o errores en la descripción de dependencias jerárquicas. Para las ONGs y organizaciones que trabajan con la AECID, la corrección del estatuto garantiza que los procedimientos de convocatoria de subvenciones y los acuerdos de asociación se tramiten sin ambigüedades sobre la competencia de los órganos que los aprueban.

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