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Ley OrdinariaNacionalvigente

Decreto 1211/1972, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley de Derechos Pasivos del Personal Militar y Asimilado de las Fuerzas Armadas, Guardia Civil y Policía Armada.

BOE-A-1972-728Publicada: 18/05/1972Ministerio de Hacienda

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Decreto 1211/1972, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de L ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Decreto 1211/1972 aprueba el Texto Refundido de la Ley de Derechos Pasivos del Personal Militar y Asimilado de las Fuerzas Armadas, Guardia Civil y Policía Armada, sustituyendo normas anteriores y estableciendo un marco uniforme para pensiones y derechos pasivos. **2. CONTEXTO** La Ley 113/1966 de 28 de diciembre estableció que el Ministro de Hacienda debía presentar un texto refundido de derechos pasivos para el personal militar, a propuesta de los Ministros del Ejército, Marina, Aire y Gobernación. En cumplimiento, se aprobó el Decreto 1211/1972, tras deliberación del Consejo de Ministros y consulta al Consejo de Estado. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Decreto 1211/1972 regula los derechos pasivos de personal militar y asimilado, aplicándose a pensiones causadas a partir del 1 de enero de 1967. En el **Capítulo I**, el **Artículo 1º** establece que las pensiones se rigen por esta Ley si el beneficiario o sus familiares se encuentran en situación de retiro o fallecieron después de 1967, y están incluidos en el régimen de las Leyes 113/1966 y 95/1966. Además, se aplican el Estatuto de Clases Pasivas de 1926 y su Reglamento de 1927, salvo en casos específicos. En las **Disposiciones Finales**, se declaran inaplicables el Estatuto de Clases Pasivas y sus complementarios como normas reguladoras de derechos pasivos causados bajo esta Ley, salvo como normas supletorias (artículo 1º). Se mantiene la aplicación de normas reglamentarias anteriores hasta la publicación del nuevo Reglamento (artículo 2º). Las clases de Tropa no incluidas en el texto se rigen por la normativa dictada en cumplimiento de la Ley 113/1966 (artículo 3º). Además, el percibo de haberes por ceses voluntarios está afectado por el Decreto-ley 8/1967, salvo para personal de la Guardia Civil y Policía Armada con destinos compatibles (artículo 4º). El texto refundido integra disposiciones complementarias, como la computación de servicios en cuantías equivalentes al personal activo (Artículo 1º, párrafo 2). También establece que las pensiones no se verán afectadas por cambios en la legislación, salvo en lo expreso. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Decreto 1211/1972 consolida la regulación de derechos pasivos para personal militar, reemplazando normas anteriores y garantizando continuidad con reglas supletorias. Establece un marco claro para pensiones y compatibilidad con normativas vigentes. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Consolidación de normas**: Reemplaza el Estatuto de Clases Pasivas de 1926 y su Reglamento, vigentes hasta 1972. ⚠️ **Inaplicabilidad de normas anteriores**: El Estatuto de 1926 solo actúa como norma supletoria, no reguladora. 📋 **Regulación de pensiones**: Aplica a personas que se retiraron o fallecieron después de 1967, con vinculación a leyes de 1966. ℹ️ **Excepciones**: Personal de Guardia Civil y Policía Armada puede percibir haberes compatibles con pensiones. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Decreto 1211/1972 - **Tipo**: Texto Refundido de Ley - **Fecha**: 13 de abril de 1972 - **Materias**: Derechos pasivos, pensiones, personal militar, Fuerzas Armadas - **Relevancia**: ALTA (regula derechos fundamentales de personal militar y su aplicación en pensiones). **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Decreto 1211/1972, las normas sobre derechos pasivos del personal militar y asimilado eran fragmentadas y dispersas, con regulaciones distintas en cada ámbito estatal y autonómico (CCAA), lo que generaba inconsistencias en la aplicación de pensiones y beneficios. Este decreto estableció un marco uniforme nacional, integrando y sustituyendo leyes anteriores, como la Ley 113/1966, para garantizar coherencia en el régimen de derechos pasivos. Su importancia radica en la harmonización de criterios, evitando desigualdades entre regiones y asegurando la aplicación equitativa de derechos, incluso en contexto de futuras integraciones con normativas europeas, aunque en 1972 la UE aún no tenía una regulación directa en este ámbito.

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