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Real Decreto-ley 39/1978, de 5 de diciembre, sobre forma de pago de haberes y salarios a funcionarios públicos y trabajadores de Empresas privadas.

BOE-A-1978-29787Publicada: 07/12/1978JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto-ley 39/1978, de 5 de diciembre, sobre forma de pago de haberes y sa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto-ley 39/1978 establece que el pago de salarios, haberes y pensiones debe realizarse mediante talones o otras modalidades de pago a través de Entidades de Crédito, con el objetivo de garantizar la seguridad en la gestión de grandes cantidades de numerario. **2. CONTEXTO** La necesidad de garantizar la seguridad en el manejo de fondos para el pago periódico de salarios y pensiones impone la adopción de sistemas de pago a través de Entidades de Crédito. La urgencia de estas medidas, en cuanto afectan a la seguridad general, determina su regulación mediante el presente Real Decreto-ley. El texto fue aprobado previa deliberación del Consejo de Ministros y en uso de la autorización concedida por la Ley Constitutiva de las Cortes. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto-ley 39/1978, de 5 de diciembre de 1978, regula el sistema de pago de haberes, salarios y pensiones mediante Entidades de Crédito, con el fin de garantizar la seguridad en la gestión de grandes cantidades de numerario. El texto modifica el artículo 30 de la Ley de Relaciones Laborales, de 8 de abril de 1976, estableciendo que el salario se pagará en moneda de curso legal o, salvo oposición escrita del trabajador, mediante talón u otra modalidad de pago a través de Entidades de Crédito. En los centros de trabajo con más de cincuenta trabajadores, la empresa podrá en todo caso pagar por talón u otra modalidad de pago a través de Entidades de Crédito. No obstante lo establecido en los párrafos anteriores, por razones de seguridad, la autoridad gubernativa podrá disponer el pago del salario mediante talón u otra modalidad de pago a través de Entidad de Crédito. Además, el Real Decreto-ley establece que el pago de haberes pasivos y pensiones de todas clases, así como el de retribuciones a todos los funcionarios públicos, se efectuará mediante talón u otra modalidad de pago a través de Entidades de Crédito, en la forma que reglamentariamente se disponga. Se permite adaptar este régimen general a ciertos grupos específicos, como el personal dependiente del Ministerio de Defensa y de las Direcciones Generales de la Guardia Civil y Seguridad, así como al personal en activo del Ministerio de Educación y Ciencia. El Real Decreto-ley se publica en el Boletín Oficial del Estado y se da cuenta inmediata a las Cortes. El texto fue aprobado en Madrid el 5 de diciembre de 1978, firmado por el Presidente del Gobierno, Adolfo Suárez González. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto-ley 39/1978 introduce un sistema de pago mediante Entidades de Crédito para garantizar la seguridad en la gestión de fondos. Se modifica la Ley de Relaciones Laborales y se establece un régimen general para el pago de haberes y pensiones. El texto fue aprobado en 1978 y sigue vigente en su esencia. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación del pago de salarios y pensiones**: El Real Decreto-ley establece que el pago debe realizarse mediante Entidades de Crédito. ⚠️ **Excepciones y adaptaciones**: Se permite adaptar el régimen a ciertos grupos específicos, como el personal del Ministerio de Defensa. 📋 **Procedimiento de aprobación**: El texto fue aprobado previa deliberación del Consejo de Ministros y en uso de la autorización concedida por la Ley Constitutiva de las Cortes. ℹ️ **Vigencia y relevancia**: El Real Decreto-ley fue publicado en el Boletín Oficial del Estado y se da cuenta a las Cortes. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto-ley - **Tipo**: Norma de aplicación general - **Fecha**: 5 de diciembre de 1978 - **Materias**: Salarios, pensiones, seguridad, Entidades de Crédito - **Relevancia**: ALTA - **Relevancia**: ALTA (por su impacto en la seguridad en la gestión de fondos y su aplicación general a funcionarios y trabajadores) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto-ley 39/1978, el pago de salarios y pensiones en España se realizaba principalmente en efectivo o mediante cheques, lo que generaba riesgos de seguridad en la gestión de grandes cantidades de numerario. Las comunidades autónomas (CCAA) y el Estado aplicaban normativas dispersas, sin un marco único. A nivel europeo, la Unión Europea (UE) aún no había establecido regulaciones integradas sobre sistemas de pago, aunque se impulsaban estándares de seguridad financiera. La importancia del decreto radica en su enfoque en la formalización del pago a través de entidades de crédito, alineándose con tendencias europeas y fortaleciendo la confianza en la administración pública, reduciendo riesgos de corrupción y garantizando la transparencia en la gestión de recursos.

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