Ley OrdinariaNacionalvigente

Convenio de colaboración en materia de adopción de niños y niñas entre el Reino de España y la Federación de Rusia, hecho en Madrid el 9 de julio de 2014.

BOE-A-2015-3274Publicada: 27/03/2015Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un acuerdo entre España y Rusia que establece las reglas y procedimientos para que parejas casadas adopten niños y niñas de uno y otro país. El convenio fija un marco de cooperación entre ambas naciones para realizar estas adopciones de forma segura, protegiendo los derechos de los menores y evitando el tráfico de niños. **¿A quién afecta?** A parejas casadas que residan permanentemente en uno de estos países y quieran adoptar menores de menos de 18 años del otro país (siendo obligatorio que al menos uno de los cónyuges tenga la nacionalidad del país donde residen). También afecta a los menores adoptables nacionales o residentes permanentes del país de origen. **¿Qué cambia o establece?** Define qué autoridades son competentes en cada país para aprobar, constituir y controlar las adopciones. Establece que los menores adoptados tendrán los mismos derechos que cualquier ciudadano del país receptor. Prohíbe expresamente el comercio, sustracción y explotación de menores. Ordena que la adopción internacional solo sea permitida si no es posible que el menor sea adoptado dentro de su propio país.

💬 Contexto ciudadano

Antes del Convenio de 2014, la adopción internacional España-Rusia se regía por legislación nacional y el Convenio de La Haya de 1993, sin marcos bilaterales específicos. Este acuerdo, ratificado por ambas naciones, homologa procedimientos y autoridades competentes, distinguiéndose de otros convenios bilaterales por sus explícitas salvaguardas contra tráfico de menores y la subordinación de adopciones internacionales a la inexistencia de soluciones en el país de origen. Aunque la competencia corresponde al Estado (no a CCAA), el Convenio genera seguridad jurídica para ciudadanos españoles y rusos, garantizando derechos iguales a menores adoptados y legitimidad procesal que reduce fraudes documentales y protege a los niños en las transiciones internacionales de custodia.

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