Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley Foral 8/2015, de 18 de marzo, de creación del Colegio Profesional de Ingeniería en Informática de Navarra.

BOE-A-2015-4098Publicada: 16/04/2015COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una ley que crea el Colegio Profesional de Ingeniería en Informática de Navarra, una organización oficial que representa a los ingenieros informáticos de Navarra. El colegio es una institución pública con capacidad legal propia para actuar en nombre de sus profesionales. **¿A quién afecta?** A las personas que tengan el título oficial de Ingeniero en Informática, el título anterior de Licenciado en Informática (homologado a ingeniero) o un título equivalente extranjero debidamente reconocido, y que vivan en Navarra. Su incorporación al colegio es voluntaria, a menos que una ley nacional establezca lo contrario. **¿Qué cambia o establece?** La ley establece que el Colegio Profesional de Ingeniería en Informática de Navarra funciona en el territorio navarro desde su publicación. Define que su creación se hará mediante una Comisión Gestora que aprueba estatutos temporales, después se convoca una Asamblea Constituyente para aprobar los estatutos definitivos y elegir a los responsables del colegio. El colegio se rige según la normativa general de colegios profesionales, sus estatutos y su reglamento interno.

💬 Contexto ciudadano

Antes de 2015, Navarra carecía de colegio profesional para ingenieros informáticos, mientras que comunidades como Cataluña y Madrid ya lo habían constituido años atrás. Esta ley foral alinea a Navarra con el esquema de profesionalización existente en España, desarrollando la competencia autonómica reconocida constitucionalmente. A nivel estatal, no existe obligatoriedad de colegiación salvo disposición posterior, aunque la Directiva 2005/36/CE facilita el reconocimiento de profesionales de otros Estados miembros. La creación del colegio es relevante para el ciudadano porque institucionaliza la profesión, establece códigos éticos vinculantes y crea una estructura representativa que defiende los intereses sectoriales ante la administración, potenciando la confianza en servicios informáticos mediante regulación y transparencia profesional.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →