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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 37/1981, de 9 de octubre, relativa a modificación de denominación y funciones del Cuerpo de Celadores de Puertos Francos de Canarias.

BOE-A-1981-25100Publicada: 28/10/1981JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Ley 37/1981, de 9 de octubre, relativa a modificación de denominación y funcione ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 37/1981 modifica la denominación y funciones del Cuerpo de Celadores de Puertos Francos de Canarias, reorganizando su estructura y atribuyéndole nuevas responsabilidades en el ámbito portuario. 2. **CONTEXTO** La norma fue aprobada por las Cortes Generales y promulgada por el Rey Juan Carlos I el 9 de octubre de 1981. Se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 11 de octubre del mismo año. La reforma busca adaptar el Cuerpo de Celadores a nuevas necesidades administrativas y operativas en los puertos francos de Canarias. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 37/1981, de 9 de octubre, relativa a la modificación de la denominación y funciones del Cuerpo de Celadores de Puertos Francos de Canarias, introduce cambios significativos en la organización y funciones de dicho cuerpo. En primer lugar, se modifica su denominación, pasando a llamarse "Cuerpo Especial de Auxiliares de Intervención de Puertos Francos de Canarias", lo que refleja una redefinición de su rol dentro del sistema portuario. Este cambio busca alinear el nombre del cuerpo con sus nuevas funciones y responsabilidades. En cuanto a las funciones, el artículo segundo detalla las atribuidas al Cuerpo, las cuales incluyen la realización de visitas a los buques para la recogida de la documentación reglamentaria (punto a), la vigilancia permanente a bordo de los buques en casos autorizados (punto b), la supervisión de las mercancías en los muelles, asegurando que no se carguen o descarguen sin autorización, y la comprobación del embarque y desembarque de viajeros (punto c). Además, se incluye la responsabilidad de acompañar las mercancías hasta los almacenes y depósitos comerciales (punto d), así como la participación en servicios burocráticos y de gestión, incluyendo tareas como mecanografía, taquigrafía, despacho de correspondencia, cálculo sencillo y manejo de máquinas (punto e). Finalmente, se mencionan las funciones adicionales que el Ministerio de Hacienda pueda encomendar (punto f). En materia de acceso al Cuerpo, el artículo tercero establece que será necesario estar en posesión del título de Enseñanza General Básica para poder ingresar en el Cuerpo. Además, se fija un nivel de proporcionalidad cuatro y un coeficiente de 1,90 para efectos retributivos, lo que implica una determinación de la remuneración de los funcionarios. La disposición final establece que los beneficios reconocidos en la Ley tendrán efectos desde el 1 de enero de 1981, lo que significa que las modificaciones entraron en vigor a partir de esa fecha. La norma fue promulgada por el Rey Juan Carlos I y firmada por el Presidente del Gobierno, Leopoldo Calvo Sotelo y Bustelo, en el Palacio de La Zarzuela, Madrid, el 9 de octubre de 1981. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 37/1981 reorganiza el Cuerpo de Celadores de Puertos Francos de Canarias, modificando su denominación y ampliando sus funciones. Establece requisitos de acceso y condiciones de retribución. La norma entró en vigor el 1 de enero de 1981. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Reformación del nombre del Cuerpo**: Se cambia a "Cuerpo Especial de Auxiliares de Intervención de Puertos Francos de Canarias". ⚠️ **Ampliación de funciones**: Incluye tareas de vigilancia, control de mercancías, acompañamiento de carga y participación en servicios burocráticos. 📋 **Requisitos de acceso**: Necesidad del título de Enseñanza General Básica. ℹ️ **Condiciones de retribución**: Nivel de proporcionalidad cuatro y coeficiente 1,90. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 37/1981 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 9 de octubre de 1981 - **Materias**: Administración pública, portuario, funciones públicas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Cuerpo de Celadores, Puertos Francos, Canarias, funciones públicas, retribución, administración civil. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 37/1981, el Cuerpo de Celadores de Puertos Francos de Canarias tenía una denominación y funciones más tradicionales, vinculadas a labores de control y vigilancia en los puertos. Esta norma introduce una reorganización que refleja una adaptación a las necesidades administrativas y operativas cambiantes, alineando el cuerpo con nuevas responsabilidades en el ámbito portuario. La reforma también se inscribe en un contexto de reestructuración estatal y autonómica, donde las comunidades autónomas, como Canarias, buscan mayor autonomía en la gestión de sus recursos. Esta modificación importa porque marca un cambio en la organización del sector portuario, con implicaciones en la eficiencia y la coordinación entre niveles de gobierno.

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