Sentencia de 21 de enero de 2015, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula la inclusión en el Anexo del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, de la especie de flora Nicotiana glauca Graham o tabaco moruno.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una sentencia del Tribunal Supremo que anula la decisión anterior de incluir el Nicotiana glauca Graham (también llamado tabaco moruno) en el Catálogo oficial de especies exóticas invasoras de España. Un tribunal de lo contencioso-administrativo consideró que la inclusión de esta planta no era legal. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a la empresa "Cultivos Energéticos de Marruecos S.L.", que ganó el juicio. Pero también afecta a cualquier persona que cultive, posea o comercialice esta planta en España, ya que deja de tener la restricción legal de ser catalogada como invasora. **¿Qué cambia o establece?** Elimina del Catálogo español la clasificación de la Nicotiana glauca Graham como especie exótica invasora. Esto significa que esta planta ya no está sujeta a las prohibiciones y restricciones que tenían los organismos invasores, aunque cada región puede tener sus propias normas sobre ella.
💬 Contexto ciudadano
Antes del Real Decreto 630/2013, el Nicotiana glauca Graham carecía de restricción formal en el Catálogo español, aunque su potencial invasor era conocido. La inclusión posterior alineaba España con la Directiva Europea 1143/2014, que cataloga especies invasoras de preocupación comunitaria; sin embargo, la sentencia de 2015 anula esa clasificación considerando que la fundamentación legal fue insuficiente. Mientras el Catálogo estatal cesa las restricciones, algunas comunidades autónomas mantienen regulaciones propias que podrían seguir limitando su cultivo. Para el ciudadano, esto implica una flexibilización en el trato de la planta, aunque genera un vacío regulatorio donde la protección ambiental dependerá de normativa autonómica fragmentada, reduciendo la coherencia de protección ecosistémica que la Directiva europea pretendía.