Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 6/2015, de 13 de marzo, de creación del Colegio Profesional de Criminólogos.

BOE-A-2015-5326Publicada: 14/05/2015COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Esta ley crea el Colegio Profesional de Criminólogos del Principado de Asturias. Se trata de una organización pública con personalidad jurídica propia que agrupa a los profesionales criminólogos de la región. El colegio se encargará de ordenar el ejercicio de la profesión, establecer normas de comportamiento profesional y proteger los intereses de quienes reciben servicios de estos profesionales. **¿A quién afecta?** Afecta a los criminólogos que tengan el título universitario oficial de Licenciado en Criminología, Grado en Criminología, Máster Universitario o Doctorado en esta materia. También pueden integrarse quienes posean títulos extranjeros equivalentes debidamente homologados. De forma transitoria, durante doce meses tras la entrada en vigor de la ley, pueden afiliarse profesionales con otras titulaciones universitarias que hayan trabajado en criminología y tengan el título de Criminología de la Universidad de Oviedo. **¿Qué cambia o establece?** Establece que el colegio se constituirá a través de un proceso que incluye una Asamblea Constituyente, una Comisión Gestora (que será la Asociación de Criminólogos existente) y una Comisión de Habilitación que verificará quién puede integrarse. El colegio debe aprobar estatutos definitivos que cumplan con los requisitos legales. Su ámbito territorial es el Principado de Asturias, y se relacionará con las consejerías y administraciones públicas cuyas competencias afecten al ejercicio de la criminología.

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley existía únicamente la Asociación de Criminólogos sin carácter colegial obligatorio, dejando sin regulación específica el ejercicio profesional. La creación del Colegio Profesional de Criminólogos de Asturias responde al modelo español de colegios profesionales regulados por las comunidades autónomas en el marco de sus competencias en educación superior. Mientras Asturias avanzó en esta ordenación, otras CCAA aún carecen de regulación equivalente, siguiendo la tendencia de la Unión Europea de garantizar cualificaciones profesionales verificables. Esta colegiación importa al ciudadano porque institucionaliza requisitos de formación, establece códigos deontológicos vinculantes y crea mecanismos de disciplina profesional que aseguran la calidad y responsabilidad de quienes ejercen la criminología en contextos periciales, policiales o de justicia.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →