Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico.
¿Qué dice esta ley?
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💬 Contexto ciudadano
La Ley 6/2015 sustituye la anterior normativa sobre denominaciones de origen (Ley 25/1970) mediante una regulación modernizada que armoniza el marco estatal con el Reglamento UE 1151/2012, obligatorio para todos los Estados miembros. Aunque las comunidades autónomas mantienen competencias en promoción y gestión de sus propias denominaciones, esta ley establece procedimientos comunes para las DOs y Indicaciones Geográficas de alcance supraautonómico, alineándose con estándares europeos similares a los aplicados en Francia, Italia o Portugal. Su importancia radica en que protege productos típicos españoles mediante garantías de autenticidad y origen, generando valor económico para productores mientras asegura que los consumidores identifiquen genuinamente productos de calidad vinculados a territorios específicos, reforzando la competitividad agroindustrial española en mercados europeos e internacionales.