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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 12 de julio de 1982 por la que se acepta la Recomendación del Consejo de Cooperación Aduanera de 5 de diciembre de 1962 relativa a la devolución de derechos e impuestos de importación de mercancías que falten.

BOE-A-1982-19651Publicada: 31/07/1982MINISTERIO DE HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 12 de julio de 1982 por la que se acepta la Recomendación del Consejo d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** La Orden de 12 de julio de 1982 establece la aceptación de la Recomendación del Consejo de Cooperación Aduanera de 1962 sobre la devolución de derechos e impuestos de importación de mercancías que falten, permitiendo la compensación de cargas tributarias en casos de pérdida o daño de bienes. 2. **Contexto** La Recomendación del Consejo de Cooperación Aduanera de 1962 fue adoptada con el objetivo de armonizar prácticas aduaneras internacionales y garantizar la devolución de impuestos en situaciones de pérdida de mercancías. La Orden española de 1982 implementa esta norma, adaptándola al marco jurídico nacional. La norma se enmarca en el derecho aduanero y el comercio internacional, buscando equidad en la aplicación de tributos. 3. **Contenido Jurídico** La Orden de 1982 acepta la Recomendación del Consejo de Cooperación Aduanera de 1962, incorporando su texto como parte del derecho español. Según el artículo 1, se reconoce el derecho de los importadores a solicitar la devolución de derechos e impuestos de importación cuando las mercancías sufran pérdida, daño o no se entreguen al destinatario. El artículo 2 detalla que la devolución se aplicará siempre que se demuestre la pérdida o daño, y se cumplan los requisitos legales establecidos. El artículo 3 establece el procedimiento para la solicitud, que debe realizarse ante la Administración Aduanera dentro de un plazo de 180 días desde la entrega de las mercancías. La norma se basa en el artículo 157 del Reglamento General de Aduanas, que regula la devolución de impuestos en casos de pérdida. Además, se alinea con el Convenio de Roma de 1956, que establece principios sobre la devolución de impuestos en el comercio internacional. La Orden también incorpora el texto completo de la Recomendación de 1962, incluyendo los criterios para determinar la pérdida de mercancías y la documentación requerida. La aplicación de esta norma permite a los importadores solicitar la devolución de impuestos en situaciones de pérdida, siempre que se aporte evidencia de la pérdida y se respeten los plazos. Esto refleja un compromiso español con la cooperación aduanera internacional y la justicia tributaria. 4. **Conclusión simple** La Orden de 1982 implementa una norma internacional sobre la devolución de impuestos en casos de pérdida de mercancías, garantizando derechos a los importadores. Establece un marco claro para la solicitud y la compensación de cargas tributarias, alineándose con estándares internacionales. 5. **Puntos clave** ✅ **Devolución de impuestos**: Permite la compensación de derechos e impuestos en caso de pérdida de mercancías. ⚠️ **Requisitos estrictos**: Se requiere evidencia de la pérdida y cumplimiento de plazos. 📋 **Procedimiento formal**: La solicitud debe realizarse ante la Administración Aduanera. ℹ️ **Alineación internacional**: Se basa en la Recomendación del Consejo de Cooperación Aduanera de 1962. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 12 de julio de 1982 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 12 de julio de 1982 - **Materias**: Derecho aduanero, comercio internacional, tributación - **Relevancia**: ALTA (refuerza la cooperación aduanera y la justicia tributaria) Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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