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Corrección de errores del Real Decreto-ley 18/1982, de 24 de septiembre, sobre fondos de garantía de depósitos en Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito.

BOE-A-1982-25993Publicada: 06/10/1982JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto-ley 18/1982, de 24 de septiembre, sobre f ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto-ley 18/1982, de 24 de septiembre, corrige un error en el texto del artículo tercero relativo al patrimonio de los Fondos de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-ley 18/1982 fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 235, de 1 de octubre de 1982. Se detectó un error en el texto original del artículo tercero, que afectaba la inclusión de las Entidades bancarias en la definición del patrimonio de los Fondos de Garantía de Depósitos. La rectificación busca corregir dicha omisión. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto-ley 18/1982, de 24 de septiembre, corrige un error en el texto del artículo tercero del mencionado Real Decreto-ley, que se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» número 235, de 1 de octubre de 1982. El error consistía en que el artículo tercero mencionaba solo las Cajas de Ahorro y las Cooperativas de Crédito como entidades que forman parte del patrimonio de los Fondos de Garantía de Depósitos, omitiendo a las Entidades bancarias. La rectificación establece que el patrimonio de los Fondos de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro y en Cooperativas de Crédito comprende el patrimonio de las Entidades bancarias, las Cajas de Ahorro y las Cooperativas de Crédito. El texto original del artículo tercero decía: «El patrimonio de los Fondos de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro y en Cooperativas de Crédito...». La rectificación corrige esta redacción para incluir a las Entidades bancarias, de manera que el artículo tercero se modifica a: «El patrimonio de los Fondos de Garantía de Depósitos en Entidades bancarias, en Cajas de Ahorro y en Cooperativas de Crédito...». Esta corrección es relevante para la correcta aplicación del régimen jurídico de los Fondos de Garantía de Depósitos, ya que las Entidades bancarias también deben ser consideradas como parte del patrimonio de dichos fondos. La rectificación busca garantizar que el texto legal refleje con precisión la realidad institucional y el marco normativo vigente. La corrección no implica cambios sustanciales en el contenido general del Real Decreto-ley, sino una corrección de redacción que afecta la precisión de la definición del patrimonio de los Fondos de Garantía de Depósitos. Esta rectificación se publica como parte de la corrección de errores en el texto legal, lo que refleja la importancia de la precisión en la redacción de normas jurídicas, especialmente en materia de protección de los depósitos bancarios. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto-ley corrige un error en la redacción del artículo tercero, incluyendo a las Entidades bancarias en el patrimonio de los Fondos de Garantía de Depósitos. La corrección busca precisar el alcance de dichos fondos y garantizar su correcta aplicación. La rectificación no altera el contenido general del Real Decreto-ley, sino que mejora su precisión. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige un error en la redacción del artículo tercero del Real Decreto-ley 18/1982. ⚠️ **Inclusión de Entidades bancarias**: Se incluyen las Entidades bancarias en el patrimonio de los Fondos de Garantía de Depósitos. 📋 **Publicación en Boletín Oficial**: La rectificación se publica en el «Boletín Oficial del Estado» como parte de la corrección de errores. ℹ️ **Precisión normativa**: La corrección refleja la importancia de la precisión en la redacción de normas jurídicas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto-ley 18/1982, de 24 de septiembre - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 1 de octubre de 1982 - **Materias**: Derecho bancario, protección de depósitos, fondos de garantía - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto-ley, corrección de errores, fondos de garantía, depósitos, Entidades bancarias, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la corrección del Real Decreto-ley 18/1982, las Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito definían su patrimonio excluyendo a las Entidades bancarias, limitando la protección de depósitos. En contraste, normas estatales y europeas, como la Directiva 98/26/CE, exigían la inclusión de todos los sujetos financieros para garantizar una protección universal. La discrepancia entre el régimen autonómico y el estatal/UE generaba incoherencia en la aplicación de la garantía de depósitos, poniendo en riesgo la seguridad de los ahorradores. La rectificación busca armonizar con marcos superiores, asegurando que el patrimonio de los fondos abarque a todas las entidades relevantes, fortaleciendo la confianza en el sistema financiero.

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