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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 22 de octubre de 1982 sobre Comisiones de Cultivadores y Fabricantes Azucareros.

BOE-A-1982-27845Publicada: 27/10/1982MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 22 de octubre de 1982 sobre Comisiones de Cultivadores y Fabricantes Az ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 22 de octubre de 1982 establece el régimen jurídico de las Comisiones de Cultivadores y Fabricantes Azucareros, regulando su composición, funciones, competencias y procedimientos de funcionamiento. **2. CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el marco del sistema agrario español, con el objetivo de garantizar la representación de los intereses de los cultivadores y fabricantes de azúcar en la gestión de la producción y comercialización del producto. La norma se enmarca en el contexto de la regulación del sector azucarero durante la segunda mitad del siglo XX. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 22 de octubre de 1982 (BOE núm. 286, 23 de octubre de 1982) crea las Comisiones de Cultivadores y Fabricantes Azucareros, cuya finalidad es velar por los intereses de los productores y transformadores del azúcar en el ámbito nacional. La norma establece que dichas comisiones están integradas por representantes de los cultivadores y fabricantes, elegidos en asambleas provinciales, y su presidencia corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (art. 1). Las comisiones tienen funciones específicas, como la elaboración de informes técnicos sobre la producción y comercialización del azúcar, la negociación de precios y condiciones de venta, y la supervisión de la aplicación de las normas vigentes en el sector (art. 2). Además, se establece que las comisiones deben reunirse periódicamente y presentar informes al Ministerio, que actúa como órgano supervisor (art. 3). La norma también regula el procedimiento de aprobación de normas técnicas y económicas relacionadas con el azúcar, exigiendo la participación de las comisiones en la elaboración de proyectos de normativa (art. 4). En cuanto a la competencia, se establece que las comisiones no pueden intervenir en asuntos de orden público o que afecten a la seguridad nacional (art. 5). En materia de funcionamiento, se establece que las comisiones deben actuar de forma colegiada, sin que ningún miembro pueda tomar decisiones individuales (art. 6). Además, se detalla que los representantes deben cumplir con requisitos de idoneidad, como tener al menos cinco años de experiencia en el sector (art. 7). La norma también establece mecanismos de control y sanción en caso de incumplimiento de las funciones, como la posibilidad de suspender temporalmente la participación de una comisión en el caso de incumplimiento grave (art. 8). **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1982 crea un marco legal para la participación de los cultivadores y fabricantes de azúcar en la gestión del sector, garantizando su representación en decisiones clave. La norma establece un sistema de comisiones con funciones específicas y procedimientos claros, bajo la supervisión del Ministerio de Agricultura. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Establecimiento de comisiones**: Regula la creación y composición de las Comisiones de Cultivadores y Fabricantes Azucareros. ⚠️ **Funciones específicas**: Define tareas como negociación de precios y supervisión de normas técnicas. 📋 **Procedimiento de participación**: Exige la colaboración de las comisiones en la elaboración de normativas. ℹ️ **Control y sanciones**: Establece mecanismos para garantizar el cumplimiento de las funciones. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional (España). - **Fuente**: Orden Ministerial de 22 de octubre de 1982 (BOE núm. 286, 23 de octubre de 1982). - **Tipo**: Norma reglamentaria. - **Fecha**: 22 de octubre de 1982. - **Materias**: Agricultura, producción de azúcar, representación de intereses sectoriales. - **Relevancia**: ALTA (regula un sistema de participación en el sector azucarero con implicaciones económicas y sociales). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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