Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 381/2015, de 14 de mayo, por el que se establecen medidas contra el tráfico no permitido y el tráfico irregular con fines fraudulentos en comunicaciones electrónicas.

BOE-A-2015-5854Publicada: 28/05/2015Ministerio de Industria, Energía y Turismo

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una norma que establece medidas para combatir dos tipos de actividades fraudulentas en redes de telecomunicaciones: el tráfico no permitido (comunicaciones que usan números que no están autorizados o que hacen uso indebido de números válidos) y el tráfico irregular con fines fraudulentos (comunicaciones generadas artificialmente para obtener ganancia económica indebida). Estas prácticas son ejecutadas por agentes que buscan lucro a través de la cadena de pagos de servicios y contenidos en redes de telecomunicaciones. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a los operadores de redes públicas de comunicaciones electrónicas y a los prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público, que quedan obligados a identificar y bloquear estos tráficos. También afecta a los usuarios finales, que sufren los perjuicios económicos generados por estas prácticas. Finalmente, incide en la integridad y seguridad de las redes de telecomunicaciones nacionales e internacionales. **¿Qué cambia o establece?** Establece que los operadores deben bloquear el tráfico no permitido que usa numeración no autorizada apenas lo identifiquen. Para el tráfico que hace uso indebido de números válidos o para el tráfico irregular fraudulento, los operadores pueden solicitar a la administración que autorice el bloqueo, y se les autoriza retener los pagos relacionados con estos tráficos. La administración puede adoptar medidas cautelares y requerir a los operadores que tomen las acciones necesarias para garantizar la integridad y seguridad de las redes y servicios de telecomunicaciones.

💬 Contexto ciudadano

Antes de 2015, la regulación de servicios de telecomunicaciones en España operaba bajo el marco de la Ley General de Telecomunicaciones (1998) y la Ley 32/2003, que establecían disposiciones generales sobre uso de numeración, pero sin instrumentos específicos contra el fraude en tráfico que se había sofisticado exponencialmente. El RD 381/2015 se alinea con el marco europeo derivado de directivas como la 2002/21/CE y la Directiva 2005/29/UE sobre prácticas comerciales desleales, otorgando a operadores españoles herramientas de bloqueo que sus homólogos europeos ya disponían. Esta es una norma nacional uniforme aplicable en todo el territorio español; las CCAA carecen de competencia legislativa en la materia de telecomunicaciones. Su importancia para ciudadanos es substancial: estas medidas reducen tarifas infladas por fraude, protegen la integridad de redes que utilizan diariamente y previenen que cobros fraudulentos lleguen a facturas domésticas, además de frenar prácticas delictivas organizadas que operaban con impunidad en el anterior vacío regulatorio.

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