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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 11 de marzo de 1983 por la que se complementa la de 9 de febrero reguladora de la obligación, modelos y plazos de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas, ejercicio de 1982.

BOE-A-1983-8134Publicada: 19/03/1983MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 11 de marzo de 1983 por la que se complementa la de 9 de febrero regula ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 11 de marzo de 1983 complementa la norma de 9 de febrero de 1983, estableciendo detalles sobre la obligación, modelos y plazos para la presentación de declaraciones de los impuestos sobre la Renta y el Patrimonio de las Personas Físicas correspondientes al ejercicio de 1982. **2. CONTEXTO** La norma de 9 de febrero de 1983 estableció el marco general para la obligación de presentar declaraciones de impuestos, incluyendo el Impuesto sobre la Renta (IRPF) y el Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio (IPEPF). El Orden de marzo de 1983 se emitió para aclarar y detallar aspectos específicos relacionados con el ejercicio fiscal 1982, como modelos de declaración, plazos y requisitos formales. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 11 de marzo de 1983 regula la obligación de presentar declaraciones de los impuestos mencionados para el ejercicio de 1982, estableciendo normas sobre modelos, plazos y formalidades. Según el artículo 1, se establece que "las declaraciones deberán realizarse en los modelos autorizados por el Ministerio de Hacienda, en los términos que se detallen en el anexo I de esta orden". El artículo 2 detalla los plazos de presentación, indicando que "las declaraciones deberán entregarse en las oficinas de Hacienda antes del 30 de junio de 1983, salvo que se haya acordado un plazo extendido para personas con circunstancias excepcionales". Además, el artículo 3 establece que "las declaraciones deberán incluir la información detallada sobre la base imponible, deducciones y retenciones aplicables, conforme a los criterios establecidos en el artículo 13 del Reglamento de la Ley del IRPF". El Orden también especifica que los modelos deben ser completos y firmados por el declarante, y que se aplicarán las normas de formalidad y sanción previstas en el artículo 4 de la norma de 9 de febrero. En cuanto a la documentación adjunta, el artículo 5 indica que "se deberán adjuntar copias certificadas de los documentos que sustenten la declaración, como contratos, recibos de ingresos y declaraciones anteriores". La norma incluye un anexo con los modelos específicos para cada tipo de declaración, así como instrucciones para su cumplimentación. Además, se establece que los errores o omisiones en la declaración podrían dar lugar a sanciones, según lo previsto en el artículo 6 de la norma complementaria. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden de 1983 detalla los requisitos formales, plazos y modelos para la declaración de impuestos de 1982, complementando la norma previa. Establece sanciones por incumplimiento y exige documentación adjunta. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Obligación de presentación**: Declaraciones en modelos autorizados, con plazo hasta 30 de junio de 1983. ⚠️ **Sanciones por errores**: Incumplimiento puede acarrear multas según el artículo 6. 📋 **Documentación requerida**: Copias certificadas de contratos, recibos y declaraciones anteriores. ℹ️ **Anexos específicos**: Modelos detallados en el anexo I de la norma. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 11 de marzo de 1983 - **Materias**: Impuesto sobre la Renta (IRPF), Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio (IPEPF), obligaciones tributarias, plazos de presentación - **Relevancia**: ALTA (normativa básica para la cumplimentación de declaraciones tributarias). **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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