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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 24 de marzo de 1983 sobre fijación del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen.

BOE-A-1983-8856Publicada: 26/03/1983MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 24 de marzo de 1983 sobre fijación del derecho compensatorio variable p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 24 de marzo de 1983 establece el derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen, ajustando su cálculo según la variación del tipo de cambio y la inflación. **2. CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el marco de la regulación del comercio exterior en España, con el objetivo de adaptar los derechos compensatorios a las fluctuaciones económicas. Se aplicó durante un periodo de estabilidad cambiaria y control de precios, buscando equilibrar la carga tributaria sobre los importadores. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 24 de marzo de 1983 regula el derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen, estableciendo que su cálculo se basa en la variación del tipo de cambio y la inflación. Según el artículo 1, el derecho compensatorio se determina aplicando un coeficiente que refleja la evolución del tipo de cambio promedio del euro frente al peso español durante el periodo de importación. El artículo 2 detalla que el cálculo se realiza mediante la fórmula: *Derecho compensatorio = Valor de la importación × (1 + (Variación del tipo de cambio + Inflación)/100)*. La norma establece que este derecho se aplica exclusivamente a productos que cumplan con los requisitos del régimen de importación regulado por el Real Decreto 1265/1982, de 15 de diciembre, que establece el régimen de importación de productos de interés estratégico. Además, el artículo 3 detalla que los importadores deben solicitar el derecho compensatorio mediante formulario específico, presentado ante la Administración competente dentro de los 30 días posteriores a la fecha de importación. La Orden también establece que el derecho compensatorio se calcula en base al tipo de cambio promedio del euro frente al peso español durante el periodo de importación, según el índice de precios al consumo (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). El artículo 4 indica que, en caso de discrepancia entre el tipo de cambio oficial y el tipo de cambio efectivo, se aplicará el último. Esta norma se complementa con el Real Decreto 1265/1982, que establece el régimen de importación de productos de interés estratégico, y con el Decreto 132/1983, que regula la aplicación de los derechos compensatorios. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1983 introduce un mecanismo flexible para calcular el derecho compensatorio variable, vinculado a la inflación y el tipo de cambio, asegurando una adaptación a las condiciones económicas. Su aplicación requiere un procedimiento administrativo específico, lo que garantiza la transparencia en su otorgamiento. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho compensatorio variable**: Se ajusta según la inflación y el tipo de cambio, garantizando equidad en la carga tributaria. ⚠️ **Cálculo basado en índices oficiales**: La fórmula utiliza el IPC y el tipo de cambio promedio, lo que exige precisión en su aplicación. 📋 **Procedimiento administrativo**: Los importadores deben solicitar el derecho mediante formulario específico, lo que facilita su tramitación. ℹ️ **Contexto económico**: Refleja la necesidad de adaptar las normas a las fluctuaciones del mercado, en un periodo de control de precios. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Ministerio de Economía y Hacienda. - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) de 24 de marzo de 1983. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 24 de marzo de 1983. - **Materias**: Derecho de importación, compensación tributaria, economía. - **Relevancia**: ALTA (regula un mecanismo clave para la aplicación de derechos compensatorios en el comercio exterior). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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