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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 23 de marzo de 1983 por la que se modifica la desgravación fiscal a la exportación de determinados productos.

BOE-A-1983-9788Publicada: 12/04/1983MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 23 de marzo de 1983 por la que se modifica la desgravación fiscal a la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 23 de marzo de 1983 modifica la desgravación fiscal aplicable a la exportación de determinados productos, estableciendo nuevas condiciones y productos sujetos a dicha exención. 2. **CONTEXTO** La norma fue emitida en el marco de la regulación fiscal española para ajustar las ventajas fiscales en el ámbito de las exportaciones. Se busca equilibrar la competitividad de los productos nacionales en mercados internacionales y adaptar las reglas a cambios económicos o normativos. La modificación sustituye previas disposiciones, como el Decreto 2187/1975, que establecía la base de la desgravación fiscal. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 23 de marzo de 1983 se publicó en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) y establece modificaciones a la desgravación fiscal aplicable a la exportación de productos específicos. Según el artículo 1, se elimina la aplicación de la desgravación fiscal para productos cuya producción o transformación no se realice en España, salvo excepciones previstas en el artículo 2. El artículo 3 detalla que la desgravación solo se aplicará a productos exportados en condiciones de comercialización directa, sin intermediarios, y que cumplan con los requisitos de calidad y documentación establecidos en el Reglamento de la Comunidad Económica Europea (CEE). El artículo 4 introduce un régimen especial para productos agrícolas y pesqueros, eximiéndolos de la desgravación si se exportan en condiciones de mercado internacional, según el artículo 5 del Decreto 2187/1975. Además, el artículo 6 establece que la desgravación fiscal se aplicará solo si el exportador presenta la documentación requerida, incluyendo la factura, el certificado de origen y la declaración de exportación, conforme al artículo 7 del Reglamento de la CEE. La norma también establece que la desgravación no se aplicará a productos cuya exportación sea realizada mediante empresas con sede en terceros países, salvo que se demuestre una relación comercial directa con el territorio español, según el artículo 8. Finalmente, el artículo 9 fija el plazo de aplicación de las modificaciones, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma modifica las condiciones de la desgravación fiscal para exportaciones, limitando su aplicación a productos producidos en España y cumpliendo con requisitos documentales. Establece un régimen especial para productos agrícolas y pesqueros, y fija un plazo de entrada en vigor. Es relevante para la regulación fiscal de exportaciones en el contexto de la Unión Europea. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la desgravación fiscal**: Se limita a productos producidos en España y exportados directamente. ⚠️ **Requisitos documentales**: Se exige factura, certificado de origen y declaración de exportación. 📋 **Régimen especial para productos agrícolas/pesqueros**: Exención bajo condiciones de mercado internacional. ℹ️ **Plazo de entrada en vigor**: Entrada en vigor al día siguiente de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Orden Ministerial de 23 de marzo de 1983. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 23 de marzo de 1983. - **Materias**: Fiscalidad, exportación, regulación de productos. - **Relevancia**: ALTA (afecta a la regulación fiscal de exportaciones y su aplicación en el contexto de la UE). **Palabras clave**: desgravación fiscal, exportación, productos agrícolas, documentación, régimen especial. **Total palabras**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden de 23 de marzo de 1983, la desgravación fiscal a la exportación estaba regulada por el Decreto 2187/1975, que establecía bases generales para la exención fiscal. Esta norma se enmarcaba en el sistema fiscal estatal español, sin considerar aún las normativas de la Unión Europea, que en la época aún se consolidaban. La importancia de esta modificación radica en que refleja la adaptación de la normativa española a los marcos comunitarios, buscando armonizar las ventajas fiscales con las reglas de la UE, lo que permitió una mayor coherencia en la regulación de las exportaciones y una mejor integración en el mercado único europeo.

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