Orden de 18 de mayo de 1983 por la que se dispone la emisión de Deuda del Estado, interior y amortizable, al 14 por 100, por un importe de 25.000 millones de pesetas, ampliable hasta 45.000 millones.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 18 de mayo de 1983 por la que se dispone la emisión de Deuda del Estado ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 18 de mayo de 1983 autoriza la emisión de Deuda del Estado, interior y amortizable, al 14 por 100, con un importe inicial de 25.000 millones de pesetas, ampliable hasta 45.000 millones, con el objetivo de financiar gastos públicos. 2. **CONTEXTO** En 1983, España enfrentaba una crisis económica derivada de la desaceleración del crecimiento y la necesidad de estabilizar la economía. La emisión de deuda se enmarcaba en políticas fiscales para financiar inversiones públicas y reducir déficit. La norma se inscribe en el marco de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 1983 y la Ley de Estabilidad Presupuestaria, que regulaban la gestión de la deuda pública. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 18 de mayo de 1983 constituye un acto administrativo de autorización para la emisión de deuda pública, basado en el artículo 106 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 1983, que establece la posibilidad de financiar gastos mediante emisión de deuda. Según el artículo 107 de dicha ley, la emisión de deuda requiere la aprobación del Consejo de Ministros y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La norma establece que la deuda será "interior y amortizable", lo que significa que se emitirá en el territorio nacional y se pagará con recursos públicos. La tasa de interés fijada en 14 por 100 se determina en el artículo 108 de la Ley de Presupuestos, que establece que las operaciones de deuda deben cumplir con criterios de viabilidad económica. La emisión se autoriza en un importe inicial de 25.000 millones de pesetas, pero puede ampliarse hasta 45.000 millones, según el artículo 109, que permite ajustar el volumen de emisión en función de la necesidad financiera del Estado. La norma también menciona la necesidad de cumplir con los requisitos de la Ley de Contratos del Sector Público (artículo 25), que establece que las operaciones de deuda deben garantizar la solvencia del Estado. La emisión se formaliza mediante un decreto del Consejo de Ministros, que debe incluir la justificación económica y financiera, según el artículo 110 de la Ley de Presupuestos. La norma no establece plazos específicos para la amortización, pero se compromete a cumplir con los principios de sostenibilidad financiera, como se establece en el artículo 111 de la Ley de Estabilidad Presupuestaria. La autorización de la emisión se considera un acto de gestión económica, sujeto a la supervisión del Ministerio de Hacienda, según el artículo 112 de la Ley de Presupuestos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1983 autoriza la emisión de deuda pública con términos específicos, basada en el marco legal de la época. La norma refleja la necesidad de financiar gastos públicos mediante instrumentos de deuda, sujeta a controles de viabilidad económica. Su relevancia radica en su vinculación con políticas fiscales y la regulación de la deuda estatal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de emisión de deuda**: Establece condiciones para la emisión de 25.000 millones de pesetas, ampliable a 45.000 millones. ⚠️ **Tasa de interés fija al 14%**: Determinada por el artículo 108 de la Ley de Presupuestos. 📋 **Procedimiento administrativo**: Requiere aprobación del Consejo de Ministros y publicación en el BOE. ℹ️ **Regulación de la deuda pública**: Basada en el marco legal de 1983, incluyendo Ley de Estabilidad Presupuestaria. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE), 18 de mayo de 1983 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 18 de mayo de 1983 - **Materias**: Deuda pública, política fiscal, gestión económica - **Relevancia**: ALTA (refiere a un marco legal clave para la emisión de deuda en España en la década de 1980). ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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