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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 13 de junio de 1983, por la que se dictan Normas sobre cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones, de aplicación en la revisión de los valores catastrales de los bienes de naturaleza urbana.

BOE-A-1983-17225Publicada: 21/06/1983MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 13 de junio de 1983, por la que se dictan Normas sobre cuadro marco de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** La Orden Ministerial de 13 de junio de 1983 establece normas sobre el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones, aplicables en la revisión de los valores catastrales de bienes urbanos. Define criterios para determinar los valores de referencia de los bienes inmuebles en el ámbito urbano. 2. **Contexto** La norma surge como respuesta a la necesidad de homogenizar los criterios para la valoración catastral en el territorio nacional. En ese momento, existían discrepancias en la aplicación de los valores de referencia, lo que generaba inseguridad jurídica. La Orden busca garantizar una evaluación justa y equitativa de los bienes inmuebles, especialmente en zonas urbanas con dinámica de desarrollo. Su aplicación se enmarca en el sistema de valoración catastral, regulado por el Real Decreto 1135/1986. 3. **Contenido Jurídico** La Orden establece un marco metodológico para la determinación de los valores de referencia de los bienes urbanos. En su **artículo 1**, se define que los valores del suelo y de las construcciones se calcularán mediante un índice de valoración, que se actualiza anualmente. El **artículo 2** detalla que el valor del suelo se determina en función del uso del terreno, su ubicación y su potencial de desarrollo. El **artículo 3** establece que los valores de las construcciones se calculan según su antigüedad, estado de conservación y características técnicas. El **artículo 4** establece el procedimiento para la revisión de los valores catastrales, incluyendo la consulta de informes técnicos y la aprobación por parte de la administración competente. Además, el **artículo 5** señala que los valores obtenidos se aplicarán en la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), garantizando una correlación entre el valor catastral y el valor real del inmueble. El **artículo 6** establece que los valores se actualizarán anualmente, teniendo en cuenta factores como la inflación, el desarrollo urbano y la evolución del mercado inmobiliario. La norma también incluye disposiciones sobre la documentación requerida para la revisión, como informes de valoración elaborados por técnicos competentes (artículo 7). Además, en el **artículo 8**, se establece que los valores obtenidos serán públicos y accesibles para los ciudadanos, garantizando transparencia en el sistema. Esta regulación busca evitar arbitrariedades en la valoración, asegurando que los valores catastrales reflejen el valor real de los bienes, lo que es fundamental para la justicia tributaria. La norma se complementa con el Real Decreto 1135/1986, que establece el régimen general de valoración catastral, y con la Ley 29/1985, que regula el IBI. 4. **Conclusión** La Orden de 1983 establece un marco claro para la valoración catastral de bienes urbanos, garantizando coherencia y equidad. Su aplicación asegura que los valores reflejen condiciones reales del mercado. La norma es clave para la fiscalidad inmobiliaria y la gestión territorial. 5. **Puntos clave** ✅ **Criterios de valoración**: Define métodos para calcular valores del suelo y construcciones. ⚠️ **Actualización anual**: Requiere revisión periódica para adaptarse a cambios económicos. 📋 **Documentación obligatoria**: Exige informes técnicos y transparencia en la determinación de valores. ℹ️ **Conexión con el IBI**: Establece correlación entre valor catastral y tributación. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 13 de junio de 1983 - **Materias**: Valoración catastral, bienes inmuebles urbanos, valoración de suelo y construcciones - **Relevancia**: ALTA (es fundamental para la fiscalidad y gestión territorial) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden de 1983, el sistema catastral en España no contaba con un marco homogéneo para valorar bienes urbanos, lo que generaba desigualdades en la aplicación de impuestos y en la gestión territorial. Esta norma estableció un marco general para la valoración catastral, basado en criterios objetivos y uniformes, con el objetivo de garantizar una evaluación justa y equitativa. Aunque en la Unión Europea no existía un marco único en ese momento, la norma reflejaba una tendencia hacia la armonización de sistemas fiscales y territoriales, lo cual se consolidó posteriormente con la integración de España en la UE. La importancia de esta norma radica en su papel pionero en la estandarización del sistema catastral español, precursor de futuras regulaciones más integradas a nivel estatal y europeo.

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