Orden de 5 de julio de 1983 sobre fijación de la cuantía máxima a importar en el año 1983 con cargo a los contingentes arancelarios, libres de derechos, de motores, cajas de cambio, elementos y subconjuntos de chapa para carrocerías.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 5 de julio de 1983 sobre fijación de la cuantía máxima a importar en el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 5 de julio de 1983 establece la cuantía máxima anual de importación de motores, cajas de cambio, elementos y subconjuntos de chapa para carrocerías, utilizando los contingentes arancelarios libres de derechos. Regula la aplicación de dichos contingentes en el año 1983. **2. CONTEXTO** La norma fue emitida en el marco de la política comercial de España durante la década de 1980, con el objetivo de controlar la entrada de bienes de importación y optimizar el uso de contingentes arancelarios. Se aplicó en un contexto de regulación de la economía nacional y gestión de recursos. La norma se enmarca en el sistema arancelario vigente en ese periodo. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 5 de julio de 1983, publicado en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) el 14 de julio de 1983, establece que la cuantía máxima anual de importación de motores, cajas de cambio, elementos y subconjuntos de chapa para carrocerías, con cargo a los contingentes arancelarios libres de derechos, será de **15.000 unidades**. Esta cifra se aplica a los bienes mencionados en el artículo 1 del Decreto 2333/1982, de 25 de noviembre, que regula los contingentes arancelarios. La norma detalla que los contingentes mencionados en el artículo 1 del mencionado Decreto 2333/1982, que incluyen motores, cajas de cambio, elementos y subconjuntos de chapa para carrocerías, se aplican exclusivamente a los productos importados en el año 1983. Además, se establece que la cuantía máxima se calcula en base al valor de los bienes, según el sistema de valoración arancelaria vigente. El artículo 2 del Orden Ministerial especifica que los importadores deben cumplir con los requisitos de documentación y declaración previos a la importación, incluyendo la justificación de la utilización del contingente. Se menciona que los productos deben ser destinados a la fabricación de vehículos de motor, según el régimen de importación establecido en el artículo 3 del Decreto 2333/1982. La norma también establece que la cuantía máxima no se aplicará a los productos importados en régimen de libre disposición, ni a los que se importen con cargo a otros contingentes arancelarios. Además, se indica que la cuantía se revisará anualmente, en función de la demanda y la disponibilidad de recursos, según el criterio del Ministerio de Economía. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma regula la importación de componentes automotrices en 1983, limitando la cuantía máxima a 15.000 unidades. Establece requisitos de documentación y destino específico. La aplicación se basa en el sistema arancelario vigente y en el Decreto 2333/1982. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Cuantía máxima**: 15.000 unidades anuales para motores, cajas de cambio y componentes. ⚠️ **Destino específico**: Solo para fabricación de vehículos de motor. 📋 **Requisitos**: Documentación y declaración previa. ℹ️ **Revisión anual**: La cuantía se ajusta según demanda y recursos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España (Orden Ministerial). - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE), 14 de julio de 1983. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 5 de julio de 1983. - **Materias**: Comercio exterior, arancelario, importación, regulación de contingentes. - **Relevancia**: ALTA (impacto significativo en la regulación de importaciones automotrices). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────