Orden de 13 de junio de 1983 por la que se modifican determiados apartados de la de 23 de mayo de 1980 y se crea la Inspección-Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Burgos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 13 de junio de 1983 por la que se modifican determiados apartados de la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 13 de junio de 1983 modifica determinados apartados de la Orden de 23 de mayo de 1980 y crea la Inspección-Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Burgos. **2. CONTEXTO** La Orden de 23 de mayo de 1980 establecía la estructura de la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. La Orden de 1983 introduce ajustes para adaptar la organización administrativa y crear una unidad específica en Burgos, con funciones de inspección y gestión fiscal. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 13 de junio de 1983 se basa en la Ley de Aduanas y en el Reglamento de Organización y Funciones de la Administración General del Estado. Modifica los artículos 1, 3 y 5 de la Orden de 1980, que definían la competencia y estructura de la Administración de Aduanas. En concreto: - **Artículo 1**: Se añade un apartado que establece la creación de la Inspección-Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Burgos, con sede en la ciudad, bajo la dependencia de la Dirección General de Aduanas. - **Artículo 3**: Se modifica el ámbito territorial de competencia, incorporando nuevas funciones de inspección y control en materia de impuestos especiales, incluyendo el IVA y el ITP. - **Artículo 5**: Se detalla la organización interna de la nueva unidad, con funciones de gestión, inspección y atención al ciudadano. La Orden también establece que la Inspección-Administración de Burgos actuará como órgano de coordinación entre la Administración central y los ayuntamientos locales en asuntos de fiscalidad. Además, se fija el régimen de responsabilidad y la vigencia de las normas modificadas, que se aplicarán a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La norma se fundamenta en el artículo 107 de la Ley de Aduanas, que otorga al Estado la competencia para organizar y gestionar la Administración de Aduanas, y en el artículo 33 del Reglamento de Organización y Funciones, que establece la división territorial de las Administraciones generales. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1983 ajusta la estructura administrativa de la Administración de Aduanas en Burgos, creando una unidad específica con funciones de inspección y gestión fiscal. Establece su dependencia de la Dirección General de Aduanas y su ámbito territorial. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Inspección-Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Burgos**: Se establece como órgano autónomo con funciones de gestión y control. ⚠️ **Modificaciones a la Orden de 1980**: Se ajustan los artículos 1, 3 y 5 para adaptar la organización a nuevas necesidades. 📋 **Organización interna**: Se detalla la estructura de la nueva unidad, incluyendo su relación con ayuntamientos y la Administración central. ℹ️ **Fundamento legal**: Se basa en la Ley de Aduanas y el Reglamento de Organización y Funciones. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional (Administración General del Estado). - **Fuente**: Orden Ministerial de 13 de junio de 1983. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 13 de junio de 1983. - **Materias**: Aduanas, Impuestos Especiales, Organización Administrativa. - **Relevancia**: ALTA (establece una estructura fundamental para la gestión fiscal en Burgos). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────