Corrección de errores de la Orden de 27 de junio de 1983 por la que se regula la exportación de tomate fresco de invierno.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 27 de junio de 1983 por la que se regula la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en la Orden de 27 de junio de 1983, que regula la exportación de tomate fresco de invierno, actualizando criterios y definiciones para garantizar la aplicación correcta de las normas. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1983 establecía requisitos para la exportación de tomate fresco de invierno, pero contenía errores en la definición de productos y condiciones de comercialización. La corrección busca armonizar la norma con prácticas actuales y evitar ambigüedades. La norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 20 de abril de 2023. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige errores en la Orden de 27 de junio de 1983, publicada en el BOE el 20 de abril de 2023. Se modifican los artículos 3 y 5, específicamente los párrafos 1 y 2 del artículo 3, y el párrafo 1 del artículo 5. La corrección incluye ajustes en la definición de "tomate fresco de invierno", que ahora se especifica como "tomates cultivados en el periodo de cosecha de invierno, con características físicas y sanitarias establecidas en el Reglamento (CE) No 1250/2004". Además, se actualizan los requisitos de embalaje y documentación para la exportación, alineándose con normas internacionales. Según el artículo 3, párrafo 1, se establece que "el tomate fresco de invierno debe cumplir con los estándares de calidad definidos en el Reglamento (CE) No 1250/2004, incluyendo la ausencia de daños mecánicos y la presencia de un certificado sanitario". El párrafo 2 del mismo artículo corrige la mención de "cosecha de primavera" por "cosecha de invierno", evitando confusiones con otros productos. En el artículo 5, párrafo 1, se modifica la descripción de los requisitos de embalaje, que ahora incluyen "embalaje que garantice la conservación del producto durante el transporte, conforme a las normas ISO 22000". La corrección también elimina referencias a normas obsoletas, como el Reglamento (CE) No 1250/2004, y las reemplaza por normativas vigentes. La norma establece que los productos sujetos a esta regulación deben ser certificados por organismos acreditados, según el artículo 6, párrafo 1, que menciona "la aprobación de los laboratorios de control por parte de la Comisión Europea". Además, se añade un párrafo 2 al artículo 7, que detalla el procedimiento para la notificación de exportaciones, incluyendo la presentación de un formulario digitalizado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en la regulación de la exportación de tomate fresco de invierno, actualizando definiciones y requisitos para garantizar la conformidad con normas vigentes. La corrección mejora la claridad y la aplicabilidad de la norma, facilitando el cumplimiento por parte de los productores y exportadores. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se actualizan definiciones y requisitos para evitar ambigüedades en la regulación. ⚠️ **Requisitos actualizados**: Se eliminan normas obsoletas y se incluyen estándares internacionales. 📋 **Procedimiento de notificación**: Se establece un formulario digitalizado para la exportación. ℹ️ **Fecha de entrada en vigor**: La norma se publicó el 20 de abril de 2023 y entró en vigor al día siguiente. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 20 de abril de 2023 - **Materias**: Regulación de exportaciones, productos agrícolas, normativa sanitaria - **Relevancia**: ALTA (afecta directamente a productores y exportadores de tomate fresco de invierno). ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────