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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 13 de septiembre de 1983 sobre ayudas a las Entidades asociativas agrarias para la comercialización en común de sus producciones.

BOE-A-1983-25056Publicada: 19/09/1983MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 13 de septiembre de 1983 sobre ayudas a las Entidades asociativas agrar ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** El Orden Ministerial de 13 de septiembre de 1983 establece las bases para la concesión de ayudas a entidades asociativas agrarias que promuevan la comercialización en común de sus producciones. Establece condiciones, procedimientos y objetivos específicos para apoyar la actividad agrícola colectiva. 2. **Contexto** El orden fue emitido en el marco de la política agraria española de la época, con el objetivo de fomentar la organización de productores agrarios mediante asociaciones para mejorar su competitividad. Se enmarca en un sistema de apoyo estatal a la agricultura, priorizando la cooperación entre productores. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como medida de regulación administrativa. 3. **Contenido Jurídico** El orden ministerial regula la concesión de ayudas económicas a entidades asociativas agrarias que desarrollen actividades de comercialización colectiva. Según el artículo 1, las ayudas se destinan a "financiar gastos directamente vinculados a la organización y ejecución de la comercialización en común". El artículo 2 detalla que las entidades deben cumplir requisitos como la constitución legal, la actividad agrícola y la participación de al menos 10 productores. El artículo 3 establece que las ayudas se otorgan mediante convocatorias públicas, con un plazo de presentación de solicitudes y una comisión de evaluación encabezada por el Ministerio de Agricultura. El texto establece que las ayudas no cubren gastos indirectos, como publicidad general o infraestructuras no vinculadas a la comercialización. Además, se menciona en el artículo 4 que los beneficiarios deben presentar documentación justificativa, incluyendo informes de producción y acuerdos entre socios. El régimen de concesión se rige por el artículo 13 del Reglamento de Ayudas, que establece que las ayudas no son reembolsables ni condicionadas a resultados económicos. La norma también incluye un régimen de control, según el artículo 5, que permite al Ministerio revisar la utilización de las ayudas y exigir correcciones en caso de irregularidades. Se menciona explícitamente que las entidades asociativas deben mantener un registro de actividades y presentar informes anuales. El artículo 6 establece que las ayudas se adjudican mediante criterios de eficiencia y viabilidad económica, priorizando proyectos con mayor impacto en la productividad agrícola. 4. **Conclusión simple** La norma establece un marco regulatorio para la concesión de ayudas a entidades agrarias que promuevan la comercialización colectiva. Define requisitos, procedimientos y limitaciones para el uso de los fondos. Su objetivo es fomentar la organización productiva y mejorar la competitividad en el sector agrícola. 5. **Puntos clave** ✅ **Objetivo**: Apoyar la comercialización en común mediante ayudas económicas a entidades asociativas. ⚠️ **Requisitos**: Mínimo de 10 productores y documentación justificativa. 📋 **Procedimiento**: Convocatorias públicas y comisión de evaluación. ℹ️ **Limitaciones**: No cubre gastos indirectos ni es reembolsable. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: Estado español. - **Fuente**: Orden Ministerial de 13 de septiembre de 1983. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 13 de septiembre de 1983. - **Materias**: Agricultura, asociaciones agrarias, comercialización, ayudas públicas. - **Relevancia**: ALTA (norma foundational en el régimen de apoyo a la agricultura colectiva). Palabras: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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