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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 6 de octubre de 1983 sobre fijación del derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen.

BOE-A-1983-26759Publicada: 08/10/1983MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 6 de octubre de 1983 sobre fijación del derecho regulador para la impor ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 6 de octubre de 1983 establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a un régimen específico, fijando los criterios y condiciones bajo los cuales dicha importación puede realizarse. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el marco de un régimen de control de importaciones vigente en la época. Su objetivo era regular el flujo de productos que requerían autorización especial. La norma se enmarca en un sistema de control económico y comercial que buscaba garantizar la seguridad, la calidad y el cumplimiento de estándares nacionales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 6 de octubre de 1983, emitida por el Ministerio de Economía y Hacienda, establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a un régimen específico. Según el texto, el derecho regulador se define como el valor que se utiliza para determinar el impuesto de importación aplicable a dichos productos. Este valor se calcula en base a los precios de los productos en el mercado internacional, ajustados a las condiciones de transporte y otros factores relevantes. La norma establece que el derecho regulador se fija anualmente y se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su aplicación en el ejercicio siguiente. En el artículo 1, se establece que el derecho regulador se calcula mediante la media aritmética de los precios de los productos en el mercado internacional, considerando los precios de los productos en el mercado internacional, ajustados a las condiciones de transporte y otros factores relevantes. En el artículo 2, se detalla que el Ministerio de Economía y Hacienda, en coordinación con el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, será el encargado de fijar el derecho regulador. La norma también establece que el derecho regulador se aplicará a todos los productos sometidos al régimen de importación regulada, salvo aquellos que se encuentren en la lista de excepciones previamente aprobadas. En el artículo 3, se establece que el derecho regulador se aplicará a los productos importados en el ejercicio siguiente al de su publicación. Además, se establece que el derecho regulador se actualizará anualmente, en función de los cambios en los precios internacionales y en las condiciones de transporte. Esta norma establece un marco claro para la aplicación del derecho regulador, garantizando la transparencia y la equidad en la aplicación del impuesto de importación. Además, establece un procedimiento formal para la fijación y actualización del derecho regulador, lo que permite una gestión más eficiente del sistema de control de importaciones. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1983 establece un marco claro para la fijación del derecho regulador en la importación. Establece un procedimiento formal y una base para la actualización anual del derecho. Es una norma clave en el sistema de control de importaciones. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Definición del derecho regulador**: Se establece como base para el cálculo del impuesto de importación. ⚠️ **Procedimiento de fijación**: El Ministerio de Economía y Hacienda, en coordinación con otro ministerio, es el encargado de su fijación. 📋 **Actualización anual**: El derecho se actualiza cada año en función de los precios internacionales. ℹ️ **Aplicación general**: Se aplica a todos los productos sometidos al régimen de importación regulada. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 6 de octubre de 1983 - **Materias**: Importación, impuesto de importación, derecho regulador, control económico - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: derecho regulador, importación, impuesto, control económico, Ministerio de Economía y Hacienda ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden de 1983, el régimen de importación en España estaba sujeto a normativas estatales más generales, sin un marco específico para fijar el derecho regulador. En ese momento, la regulación era menos estructurada y no contemplaba un sistema claro de cálculo basado en precios internacionales. La norma introdujo una metodología más precisa y transparente, alineándose con prácticas de la Unión Europea, que ya había establecido mecanismos similares para garantizar la coherencia en la aplicación de aranceles. Esto importa porque permitió una mejor integración de España en el mercado común, facilitando el comercio y la aplicación uniforme de normas en el ámbito de la UE.

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