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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 17 de noviembre de 1983 sobre fijación del derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen.

BOE-A-1983-30437Publicada: 19/11/1983MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 17 de noviembre de 1983 sobre fijación del derecho regulador para la im ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a un régimen específico, fijando el monto que debe pagarse como derecho de importación. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial de 17 de noviembre de 1983 fue emitida con el objetivo de regular el proceso de importación de determinados productos. Esta norma se enmarca en un marco legal más amplio que busca controlar y fiscalizar las importaciones para garantizar el cumplimiento de las normas vigentes. La norma se aplica a productos que están sujetos a un régimen especial, lo cual implica que no se aplican las normas generales de importación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 17 de noviembre de 1983 establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a un régimen específico. Según el texto, el derecho regulador se fija en un monto determinado, el cual se calcula en función del valor de los productos importados. El artículo 1 establece que el derecho regulador se aplicará a los productos que se encuentren en la lista oficial, la cual se publica en el Boletín Oficial del Estado. El artículo 2 detalla que el derecho regulador se calculará aplicando un porcentaje al valor aduanero de los productos importados. Este porcentaje se fija en un valor que se determina anualmente, y se publica en el Boletín Oficial del Estado. El artículo 3 establece que el derecho regulador será recaudado por la Administración Aduanera, y que la base imponible será el valor aduanero de los productos importados. El artículo 4 indica que los productos importados que estén sometidos a este régimen deberán presentar la documentación correspondiente, incluyendo el certificado de origen y la factura comercial. El artículo 5 establece que el derecho regulador no será aplicable a los productos que se importen en régimen de libre comercio, ni a los productos que se importen en régimen de exportación. El artículo 6 establece que el derecho regulador será recaudado en el momento de la entrada de los productos en el territorio nacional, y que se aplicará a todos los productos que estén sometidos a este régimen. El artículo 7 establece que la norma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta norma se complementa con otras disposiciones vigentes, como el Reglamento de Importación y Exportación, que establece los requisitos generales para la entrada y salida de mercancías en el territorio nacional. Además, se relaciona con la Ley de Aduanas, que establece el marco legal general para la gestión de las operaciones aduaneras. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece un derecho regulador para la importación de productos sometidos a un régimen específico. Se aplica a productos en una lista oficial y se calcula en función del valor aduanero. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado y entró en vigor al día siguiente. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece el derecho regulador para la importación de productos en régimen especial. ⚠️ El derecho se calcula en función del valor aduanero de los productos importados. 📋 La norma se aplica a productos en una lista oficial publicada en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ La norma entró en vigor al día siguiente de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 17 de noviembre de 1983 - **Materias**: Aduanas, importación, derecho regulador - **Relevancia**: ALTA Palabras: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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