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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 17 de noviembre de 1983 sobre fijación del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen.

BOE-A-1983-30436Publicada: 19/11/1983MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 17 de noviembre de 1983 sobre fijación del derecho compensatorio variab ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece el cálculo del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos al régimen de importación regulada. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial de 17 de noviembre de 1983 fue emitida en el marco del régimen de importación regulada vigente en España. Esta norma busca regular el cobro de derechos compensatorios en función del valor de los productos importados. El régimen se aplicaba a ciertos productos para garantizar la protección de la industria nacional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 17 de noviembre de 1983 establece que el derecho compensatorio variable se calcula en función del valor de los productos importados, según el tipo de producto y su clasificación arancelaria. En el artículo 1, se establece que el derecho compensatorio variable se fija en un porcentaje del valor aduanero del producto importado, aplicándose a los productos sometidos al régimen de importación regulada. En el artículo 2, se detalla que el porcentaje aplicable varía según la categoría del producto y se establece en tablas específicas que se adjuntan a la orden. Estas tablas indican los porcentajes correspondientes a cada categoría, con el fin de garantizar una aplicación uniforme del régimen. En el artículo 3, se establece que el derecho compensatorio variable se calcula sobre el valor aduanero del producto importado, incluyendo los costos de transporte, seguros y otros gastos necesarios para la importación. Este cálculo se realiza en base a la información proporcionada por el importador y se verifica por la Administración aduanera. En el artículo 4, se establece que el derecho compensatorio variable se paga en la aduana de entrada del producto y se incorpora al valor aduanero para efectos de aplicación de otros derechos y obligaciones aduaneras. Además, se establece que el importador debe presentar la documentación correspondiente para justificar el cálculo del derecho compensatorio variable. La norma también establece que el régimen de importación regulada se aplica a productos cuya importación se considere de interés estratégico o que requieran un control aduanero especial, con el fin de proteger la industria nacional y garantizar el equilibrio comercial. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece un régimen de derechos compensatorios variables para la importación de productos sometidos a control aduanero. Establece un cálculo basado en el valor aduanero y en tablas específicas. La aplicación se realiza en la aduana de entrada y se verifica por la Administración aduanera. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de derechos compensatorios variables**: La norma establece que el derecho compensatorio variable se calcula en función del valor aduanero del producto importado. ⚠️ **Aplicación a productos regulados**: Solo se aplica a productos sometidos al régimen de importación regulada, lo que implica un control aduanero especial. 📋 **Cálculo basado en tablas**: El porcentaje aplicable varía según la categoría del producto y se establece en tablas adjuntas a la orden. ℹ️ **Verificación por la Administración aduanera**: El cálculo se verifica por la Administración aduanera para garantizar su correcta aplicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 17 de noviembre de 1983 - **Materias**: Aduanas, importación, derechos compensatorios - **Relevancia**: ALTA Palabras: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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