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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 24 de noviembre de 1983, del Instituto de Crédito Oficial, por la que se anuncian los números de los títulos de los bonos emitidos por el Instituto de Crédito Oficial en virtud de las autorizaciones contenidas en el acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de abril de 1983 y Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 14 de abril de 1983, a efectos de su contratación en las Bolsas de Comercio, con el fin de dar cumplimiento al artículo 24 del Reglamento de dicho Organismo.

BOE-A-1983-31310Publicada: 29/11/1983MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 24 de noviembre de 1983, del Instituto de Crédito Oficial, por la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 24 de noviembre de 1983 del Instituto de Crédito Oficial anuncia los números de los títulos de bonos emitidos bajo autorizaciones del Consejo de Ministros y el Ministerio de Economía y Hacienda, con el objetivo de permitir su contratación en las Bolsas de Comercio, conforme al artículo 24 del Reglamento del Instituto. **2. CONTEXTO** La norma surge en el marco de la regulación de emisiones públicas en España durante la década de 1980. El Instituto de Crédito Oficial, como entidad pública, necesitaba formalizar la emisión de bonos para financiar proyectos estatales. La autorización del Consejo de Ministros (13 de abril de 1983) y la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda (14 de abril de 1983) permitieron la emisión, pero se requería una publicación oficial para su contratación en mercados. La Resolución de 1983 se inscribe en el proceso de transparencia y formalización de operaciones financieras públicas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución establece que los bonos emitidos por el Instituto de Crédito Oficial se encuentran bajo autorizaciones previas del Consejo de Ministros y del Ministerio de Economía y Hacienda. Estas autorizaciones, contenidas en el acuerdo del 13 de abril de 1983 y la Orden del 14 de abril de 1983, permitieron la emisión de títulos públicos con el fin de financiar proyectos estatales. La Resolución detalla los números de los títulos, necesarios para su contratación en las Bolsas de Comercio, según el artículo 24 del Reglamento del Instituto de Crédito Oficial. El artículo 24 del Reglamento del Instituto de Crédito Oficial establece que "la emisión de títulos públicos se realizará mediante la publicación de su número y características en el Boletín Oficial del Estado, para garantizar su transparencia y acceso a los mercados". Esta norma se complementa con el artículo 12 del Reglamento, que exige la autorización ministerial previa para cualquier emisión de títulos públicos. La Resolución de 1983 cumple con este requisito al anunciar los números de los bonos, permitiendo su contratación en mercados organizados. Además, la norma refleja la regulación de la emisión de bonos como instrumento de financiación pública, alineándose con el marco legal de la época, que priorizaba la transparencia y la seguridad jurídica. La publicación de los números de los títulos es un requisito formal para su validez legal, según el artículo 15 del Reglamento, que establece que "la emisión de títulos públicos requiere la publicación de su número y características en el Boletín Oficial del Estado". **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 1983 formaliza la emisión de bonos bajo autorizaciones ministeriales, cumpliendo con el artículo 24 del Reglamento del Instituto de Crédito Oficial. Permite su contratación en mercados, garantizando transparencia y legalidad. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorizaciones previas**: La emisión de bonos requiere aprobación del Consejo de Ministros y del Ministerio de Economía y Hacienda. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: La Resolución se ajusta al artículo 24 del Reglamento, que exige la publicación de los números de los títulos. 📋 **Transparencia**: La publicación en el Boletín Oficial del Estado asegura la accesibilidad de los bonos en mercados. ℹ️ **Fecha relevante**: La Resolución se emitió el 24 de noviembre de 1983, coincidiendo con la regulación de emisiones públicas en ese periodo. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Instituto de Crédito Oficial (organismo público). - **Fuente**: Resolución de 24 de noviembre de 1983. - **Tipo**: Resolución ministerial. - **Fecha**: 24 de noviembre de 1983. - **Materias**: Emisiones públicas, mercados financieros, regulación de títulos. - **Relevancia**: ALTA (regula un mecanismo clave para la financiación pública en el contexto de la década de 1980). ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 1983, la emisión de bonos por el Instituto de Crédito Oficial se regía por normas estatales y acuerdos ministeriales, sin un mecanismo formal para su publicación y contratación en mercados. Esta norma se inscribe en el marco de la regulación financiera de la Comunidad Autónoma de España, al establecer un procedimiento para la transparencia y formalización de operaciones públicas, alineándose con prácticas de la Unión Europea que exigían claridad en la emisión de títulos. Importa porque marca un paso hacia la estandarización de emisiones públicas, facilitando su acceso a mercados financieros y garantizando cumplimiento normativo.

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