Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 30 de noviembre de 1983 por la que se desarrollan los acuerdos del Consejo de Ministros de 27 de julio de 1983 por los que se autoriza al Banco de Crédito Agrícola a conceder préstamos en apoyo de la reestructuración del olivar y del Reglamento Estructural de la Producción Lechera.

BOE-A-1983-32376Publicada: 09/12/1983MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 30 de noviembre de 1983 por la que se desarrollan los acuerdos del Cons ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 30 de noviembre de 1983 desarrolla los acuerdos del Consejo de Ministros de 27 de julio de 1983, autorizando al Banco de Crédito Agrícola a conceder préstamos para apoyar la reestructuración del olivar y el Reglamento Estructural de la Producción Lechera. **2. CONTEXTO** La norma surge como respuesta a la necesidad de modernizar sectores agrícolas clave en España. El Consejo de Ministros aprobó en julio de 1983 medidas para impulsar la sostenibilidad en la producción lechera y la reestructuración del olivar, sectores vitales para la economía rural. El Banco de Crédito Agrícola fue designado como institución financiera para implementar estas medidas mediante préstamos con condiciones específicas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial establece normas detalladas para la concesión de préstamos por parte del Banco de Crédito Agrícola. En el **Artículo 1**, se define el alcance de la autorización, limitada a proyectos de reestructuración del olivar y la producción lechera. El **Artículo 2** detalla los requisitos para la obtención de préstamos, incluyendo la presentación de un plan de inversión aprobado por la administración competente y la garantía de la viabilidad económica del proyecto. El **Artículo 3** establece que los préstamos se otorgarán con tasas de interés preferentes y plazos de amortización adaptados a la naturaleza de los proyectos. Además, el **Artículo 4** regula la supervisión de los préstamos, exigiendo que el Banco de Crédito Agrícola informe periódicamente a las autoridades competentes sobre el uso de los fondos. El **Artículo 5** establece que los préstamos solo podrán destinarse a inversiones que cumplan con los criterios de sostenibilidad ambiental y social definidos en el Reglamento Estructural de la Producción Lechera. La norma también incorpora el **Artículo 6**, que establece mecanismos de control para evitar el uso indebido de los fondos, incluyendo auditorías externas y la posibilidad de recupero de los préstimos en caso de incumplimiento. En el **Artículo 7**, se detalla la procedencia de los fondos, que provienen de recursos públicos y privados asignados específicamente a estos sectores. La norma se alinea con el marco legal vigente en 1983, incluyendo la Ley de Ordenación de la Producción Agrícola y el Reglamento de Apoyo a la Producción Lechera, que establecen bases para la intervención estatal en sectores estratégicos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial de 1983 autoriza al Banco de Crédito Agrícola a otorgar préstamos con condiciones específicas para apoyar la reestructuración del olivar y la producción lechera. La norma establece requisitos de viabilidad, sostenibilidad y control de los fondos, reflejando una intervención estatal en sectores clave de la agricultura. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de préstamos**: El Banco de Crédito Agrícola puede otorgar créditos para proyectos de reestructuración del olivar y producción lechera. ⚠️ **Condiciones estrictas**: Los préstamos requieren planes aprobados, garantías económicas y cumplimiento de criterios de sostenibilidad. 📋 **Procedimiento de control**: Se establecen mecanismos de auditoría y supervisión para garantizar el uso adecuado de los fondos. ℹ️ **Marco regulatorio**: La norma se basa en leyes y regulaciones vigentes en 1983, integrando políticas agrícolas nacionales. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 30 de noviembre de 1983 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 30 de noviembre de 1983 - **Materias**: Agricultura, producción lechera, reestructuración del olivar, financiación agrícola - **Relevancia**: ALTA (impacto significativo en políticas agrícolas y desarrollo rural) **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden de 1983, las políticas agrícolas en España eran centralizadas bajo el Estado, con escaso rol de las Comunidades Autónomas (CAA) y poca influencia de la Unión Europea (UE). La UE, desde los años 70, impulsó políticas como la Política Agrícola Común (PAC), pero su aplicación en España se ajustaba a marcos nacionales. La Orden de 1983 marcó un cambio al permitir al Banco de Crédito Agrícola otorgar préstamos concretos a nivel regional, integrando las necesidades locales dentro de un marco europeo. Esto reflejó la transición hacia un modelo más descentralizado, donde las CAA adquirieron mayor autonomía en la gestión de recursos agrícolas, alineándose con las directrices de la UE mientras fortalecían la economía rural. La importancia radica en la adaptación de políticas estatales a las realidades regionales, promoviendo la sostenibilidad y la coherencia con normativas supranacionales.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →