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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 19 de enero de 1984 sobre fijación del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen.

BOE-A-1984-1582Publicada: 21/01/1984MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 19 de enero de 1984 sobre fijación del derecho compensatorio variable p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 19 de enero de 1984 establece el derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos al régimen de compensación. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el marco del régimen de compensación aplicable a ciertos productos importados. Su objetivo es regular el derecho compensatorio que se otorga a los importadores. La norma se enmarca en el sistema de control de importaciones y la gestión de derechos aduaneros. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 19 de enero de 1984 establece que el derecho compensatorio variable se calcula en función del valor de los productos importados y de las tarifas aplicables. Según el artículo 1, se fija un porcentaje que varía según el tipo de producto y su clasificación aduanera. El artículo 2 detalla que el derecho compensatorio se calcula sobre el valor aduanero del producto, incluyendo los costos de transporte y seguros. El artículo 3 establece que el derecho compensatorio se aplica en la aduana de entrada y se paga en la moneda correspondiente al país importador. El artículo 4 indica que el derecho compensatorio no es acumulable con otros derechos aduaneros ni impuestos. El artículo 5 establece que el importador debe presentar la documentación correspondiente para justificar el derecho compensatorio. El artículo 6 detalla que la aplicación de esta norma se realizará en cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de comercio exterior. La norma se aplica a todos los productos importados que estén sometidos al régimen de compensación, según lo establecido en el artículo 7. El artículo 8 establece que la norma entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La norma se complementa con otras disposiciones vigentes, como las normas de control de importaciones y de gestión de derechos aduaneros. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 19 de enero de 1984 establece un régimen de derecho compensatorio variable para la importación de productos. Se aplica a todos los productos sometidos al régimen de compensación. La norma se complementa con otras disposiciones vigentes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece un derecho compensatorio variable para la importación. ⚠️ El derecho se calcula en función del valor y tarifas aplicables. 📋 Se aplica a productos sometidos al régimen de compensación. ℹ️ La norma entró en vigor el día siguiente a su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 19 de enero de 1984 - **Materias**: Comercio exterior, derechos aduaneros, importación - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 600 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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